
El magistrado de la plaza número 6 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha dictado un auto en el que ha acordado continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra siete ex altos cargos de la Junta de Andalucía en una pieza separada del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) centrada en las presuntas irregularidades en las ayudas que la Junta habría concedido por un importe total de 54.279.986,16 euros a la empresa Boliden Apirsa S.L. y a su colectivo de extrabajadores.
En un auto, notificado este miércoles a las partes y facilitado por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el magistrado toma esta decisión "por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos" de presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental.
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Así, ha dado traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de veinte días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.
De este modo, el juez ha acordado continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, como presuntos responsables penales, contra siete ex altos cargos de la Junta de Andalucía, en concreto un exconsejero, Manuel Recio Menéndez, tres exviceconsejeros, dos ex directores generales de Trabajo y Seguridad Social y un ex director general de la Agencia IDEA.
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ARCHIVA LA CAUSA CONTRA DOS EX CONSEJEROS
Asimismo, el instructor ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa respecto de los exconsejeros de la Junta Antonio Fernández, consejero de Empleo entre abril de 2004 y marzo de 2010, y Martín Soler, consejero de Innovación, Ciencia y Empresa desde abril de 2009 hasta marzo de 2010, al entender que, respecto de ellos, "no se encuentran en la causa indicios sólidos que permitan atribuirles participación --relevante penalmente-- en los hechos por los que se procede en la presente causa".
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En este sentido, el magistrado ha puesto de manifiesto que "no consta en las actuaciones indicios suficientes" de que ambos, "en su calidad de titulares de las consejerías de la Junta implicadas en la concesión y pago de las subvenciones dirigidas a financiar las "indemnizaciones" derivadas de la frustración de los planes de recolocación de los extrabajadores de Boliden Apirsa, hayan tenido deliberada y directa participación en tales hechos".
El juez ha admitido que "es cierto" que el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Daniel Alberto Rivera y una testigo "relatan en sus respectivas declaraciones judiciales que el acuerdo entre los directivos de ambas consejerías en orden a cooperar en la ilícita financiación de esa línea de ayudas habría sido asumido por los sucesivos viceconsejeros" de dichas consejerías, "pero no constan manifestaciones concluyentes de que dicho acuerdo hubiera sido adoptado con el beneplácito de los respectivos consejeros".
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"Por consiguiente, la implicación de los cargos y directivos superiores -los consejeros- en tales hechos delictivos no puede sostenerse en consideración a evidencias solventes, más allá de las sospechas de que, por su posición como responsables máximos de las respectivas consejerías, habrían tenido conocimiento de la irregular disposición de aquéllos fondos y de los acuerdos determinantes de tal ilícita actuación", indica el instructor.
"DE MANERA INJUSTA Y ARBITRARIA"
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En esta pieza separada del caso ERE, el juez investiga la presunta ilicitud de las ayudas concedidas por la Administración autonómica "de manera injusta y arbitraria" a la entidad Boliden Apirsa y su colectivo de extrabajadores por un importe de, al menos, 54.279.986,16 euros, resaltando una ayuda de 52.511.754,30 euros concedida para financiar los compromisos de concesión y pago de "ayudas sociolaborales" en favor de los extrabajadores afectados por el ERE 3/2001 de la empresa mediante la financiación de una póliza de seguro colectivo de rentas temporales suscrita por los sindicatos CCOO y UGT con Vitalicio Seguros.
De igual modo, el juez analiza en la resolución la ayuda por importe de 1.768.231,86 euros concedida para financiar un suplemento a la póliza anterior, suscrito para la contratación de rentas vitalicias adicionales a las rentas temporales pactadas en aquella.
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Junto a las anteriores, el magistrado también resalta en el auto las ayudas concedidas y satisfechas por los responsables de la Consejería de Empleo y de Innovación en favor del colectivo de extrabajadores de Boliden Apirsa que, "una vez extinguida su relación laboral, se habrían acogido a sucesivos planes de recolocación -más bien, un sólo plan con sucesivas y distintas condiciones o negociaciones- eficazmente intermitentes, no siempre aceptados o cumplidos por los propios extrabajadores; quienes, finalmente, serían indemnizados por no haber sido "recolocados" con supuestas "ayudas sociolaborales excepcionales" en el curso de los años 2008 a 2011".
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