Tribunal baja de 20 a 13 años la pena por la muerte de una mujer en Dalías (Almería)

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Almería, 31 mar (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 20 a 13 años y medio de prisión la condena impuesta al hombre que mató a una mujer en Dalías (Almería) en julio de 2023, al revocar la condena original por asesinato y recalificar judicialmente los hechos como un delito de homicidio.

La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal, a la que ha tenido acceso EFE, estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado contra el fallo dictado por el tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Almería.

El alto tribunal andaluz suprime expresamente del relato de hechos probados que la acción criminal se realizara "de forma sorpresiva, sin posibilidad de defensa" y, como consecuencia directa de ello, anula la circunstancia agravante de alevosía.

Los magistrados argumentan en su resolución que la tarde del 25 de julio de 2023, cuando el acusado increpó airadamente a la víctima al verla pasar con su vehículo por la Plaza del Olmo, fue ella quien descendió del coche "con la intención clara de reñir" y portando un espray en la mano.

Según detalla el fallo, antes de que el hombre iniciara la agresión física con el arma blanca, la víctima le roció la cara con dicho espray defensivo.

Para el TSJA, esta secuencia de los hechos elimina el factor de "desprevención o sorpresa" inherente y necesario para justificar la alevosía, situando la agresión dentro del marco de una "riña o enfrentamiento claramente aceptada" por ambas partes.

Además, el tribunal subraya que el acusado sacó el cuchillo de 18 centímetros que llevaba oculto en una bolsa mientras gritaba reiteradamente "que te mato, que te mato", lo cual puso necesariamente en guardia a una persona que ya estaba alerta.

No obstante, la Sala rechaza que se tratara de un homicidio imprudente y confirma el dolo homicida.

Asimismo, aprecia la concurrencia de una circunstancia agravante de abuso de superioridad al considerar que el empleo de un arma blanca letal y afilada frente a una víctima que solo portaba un espray determinó "una posición de clara inferioridad de fuerzas" que mermó considerablemente sus posibilidades de defensa.

El crimen se produjo encontrándose en vigor una orden de alejamiento que impedía al agresor aproximarse a la víctima a menos de 200 metros.

Dicha prohibición había sido dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Berja tras un grave altercado ocurrido en noviembre de 2022.

En aquel episodio, el acusado propinó diversos golpes al vehículo de la mujer, causando daños tasados en más de 1.000 euros, y trató de prender fuego a una sombrilla de la terraza de su pub, hechos por los que acabó aceptando una condena con multa económica.

Para fijar la nueva pena exacta de 13 años y seis meses de cárcel por el delito de homicidio, el tribunal tiene en cuenta la desproporción de medios empleados, la fuerza letal de la puñalada y los antecedentes del acusado.

Sin embargo, también valora en el cómputo penal que asestó una sola cuchillada, que reconoció la autoría material de los hechos durante la investigación y que sufrió la agresión previa con el espray por parte de la víctima.

La nueva sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS). EFE

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