Madrid, 31 mar (EFE).- La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha confirmado la condena de seis años y medio de cárcel impuesta a dos hombres por adoctrinar en el yihadismo a jóvenes con los que se reunían en Melilla, además de realizar una intensa labor de exaltación del terrorismo en redes sociales.
En una sentencia rechaza los recursos de Rachid A. y El Ourdani Z., ambos de nacionalidad marroquí, contra la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que el pasado mes de febrero les condenó a dicha pena por un delito de adoctrinamiento para la incorporación a una organización o grupo terrorista o para colaborar con cualquiera de ellos o sus fines.
La sentencia ahora confirmada declaró probado que desde aproximadamente el año 2015 los acusados se fueron radicalizando en sus creencias religiosas sirviéndose de foros y páginas web, llegando a asumir íntegramente los postulados yihadistas del ideario del Dáesh.
Añade que desde 2020 y hasta ser detenidos en 2022 ambos comenzaron una labor de proselitismo para radicalizar a jóvenes preparándolos para realizar la yihad y considerando enemigos a todos aquellos que no compartían su visión rigurosa del islam de corte yihadista.
Esto lo llevaban a cabo no solo a través de la publicación en redes sociales de multitud de contenidos de esta naturaleza, en los que presentaban a los muyahidines como héroes, sino también mediante reuniones personales con otros jóvenes en Melilla, siempre según la sentencia.
La Sala de Apelación desestima los recursos de ambos condenados y considera que la sentencia de la Sección Segunda contiene una motivación "extensa, estructurada y suficiente" que permite conocer las prueba y el razonamiento seguido.
Explica que la valoración de la prueba practicada permite afirmar que "la actividad desplegada por los acusados no se limitaba a la mera exposición de creencias religiosas o ideológicas, lo que hubiese quedado amparado por la libertad de expresión, sino que se proyectaba de forma activa hacia la captación y adoctrinamiento en los postulados del terrorismo yihadista".
Los magistrados consideran que ha quedado probada la formación que los condenados estaban desarrollando en internet y de forma presencial en las reuniones que organizaban en Melilla dirigidas a extender las enseñanzas en el yihadismo siguiendo las directrices del Dáesh y promoviendo la incorporación a esta organización.
"No se trata de manifestar una concepción rigurosa del islam sino de llamar a otros jóvenes para llevar a cabo la yihad, a los que preparaban para actuar de forma violenta en defensa de los objetivos del Dáesh y esto en contra de todo aquel que no comparte esa visión", señalan.
El tribunal concluye que los condenados llevaron a cabo estos comportamientos de forma consciente y voluntaria "pues de otro modo no hubiesen podido transmitir el violento mensaje que contenían sus enseñanzas". EFE

