El Supremo confirma la anulación de extracciones de lobos autorizadas por Cantabria en 2022

El máximo tribunal de justicia del país respalda la decisión contra la eliminación de cánidos en varios municipios cántabros, tras una impugnación ambientalista que cuestionó los permisos concedidos cuando la especie gozaba de amparo especial

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El colectivo Ecologistas en Acción ha señalado que, transcurridos más de tres años desde la presentación de su recurso contra las autorizaciones de caza de lobos en diversos municipios cántabros, en marzo de 2025 se registró la exclusión del lobo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE). En este contexto, la organización ambientalista denunció que, tras este cambio normativo, el Gobierno de Cantabria ha superado el número de muertes de lobos permitidas hace menos de un año, alcanzando un total de 41 individuos. Tal como publicó la agencia Europa Press, Ecologistas en Acción sostiene que las autoridades autonómicas han justificado estas actuaciones argumentando que el lobo ibérico se mantiene en un estado “favorable de conservación”, lo cual, a juicio del colectivo, sirvió para proceder con las extracciones.

Según detalló Europa Press, el Tribunal Supremo desestimó recientemente el recurso de casación presentado por el propio Gobierno cántabro y confirmó la decisión judicial previa que invalida las autorizaciones de extracción de lobos concedidas en verano de 2022 en varias zonas de Cantabria. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del máximo órgano judicial nacional dictó en junio la sentencia, que aborda el caso de municipios como Ruente, Cabuérniga, Los Tojos y la Mancomunidad Campoo-Cabuérniga. En concreto, este dictamen confirma lo resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), que ya había dejado sin efecto las resoluciones adoptadas por la Consejería de Desarrollo Rural regional tras la iniciativa legal impulsada por Ecologistas en Acción.

El fallo del Tribunal Supremo subraya que, desde el momento en que el lobo se incluyó en el LESPRE, queda explícitamente prohibida su caza y, sólo bajo excepciones claramente tasadas, puede admitirse su eliminación. Estas excepciones, indica la sentencia reproducida por Europa Press, requieren una interpretación restrictiva y justificada conforme a la normativa vigente en materia de conservación y protección de especies.

El medio Europa Press recogió que los argumentos del Tribunal Supremo descartan la legalidad de las extracciones autorizadas en 2022, cuando la situación legal del lobo lo colocaba bajo protección especial. El texto judicial recalca que “darle muerte está prohibido”, y alude a la necesidad de valorar siempre el estado de conservación del animal desde una perspectiva integral. Así, la resolución insiste en que un enfoque local aislado no resulta suficiente y que los análisis sobre la situación de la especie deben contemplar el estado global de las poblaciones en todas las áreas donde la disminución de ejemplares pueda provocar efectos apreciables.

En la sentencia ratificada, se señala que “para valorar el estado de conservación de una especie, el enfoque exclusivamente local es insuficiente, dado que es preciso emplear una perspectiva más amplia que tenga en cuenta el estado de las poblaciones en todo el ámbito territorial en el que pueda influir la disminución de ejemplares”. Además, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea recomienda que las medidas de gestión adoptadas por los Estados se coordinen entre sí para asegurar una protección adecuada de especies compartidas.

Ecologistas en Acción, a través de un comunicado recogido por Europa Press, condenó el cambio legislativo que, después de tres años de litigio jurídico, terminó por reducir el grado de protección que amparaba al lobo en territorio español a partir de marzo de 2025. El colectivo medioambiental atribuye al Ejecutivo autonómico el haber aprovechado “con urgencia” la ventana normativa para autorizar la eliminación de un número significativo de ejemplares, superando la mitad de la población según estimaciones reportadas.

Durante los años en que se tramitó el recurso, la administración cántabra defendió la necesidad de las extracciones ante conflictos derivados de la convivencia con la ganadería, mientras que los grupos ambientales pusieron el énfasis en la legalidad de las actuaciones y la aplicación estricta de la figura de protección conferida al lobo bajo el LESPRE. A lo largo del litigio, según reportó Europa Press, la clave resultó la interpretación del marco legal aplicable y el papel de las administraciones responsables en la gestión de la especie.

El pronunciamiento judicial desestimó que la Consejería de Desarrollo Rural dispusiera de base jurídica suficiente para autorizar la eliminación de ejemplares dentro del periodo en que el lobo contaba del amparo legal conferido por el LESPRE. Ecologistas en Acción remarcó la trascendencia del criterio recogido por la Sala y recordó la importancia de valorar los movimientos y estado de las poblaciones lobunas en diferentes comunidades, incluyendo la coordinación de políticas a escala nacional e internacional.

Por su parte, el Gobierno regional planteó un conflicto recurrente entre la normativa estatal y las necesidades de los territorios afectados por la actividad del lobo. El Supremo, según argumentó Europa Press, cierra la puerta a interpretaciones flexibles de estas regulaciones y exige que cualquier excepción esté estrictamente fundada y limitada.

La controversia sobre la protección del lobo ibérico continúa en España a raíz de los cambios legislativos y las decisiones administrativas enfocadas en la gestión de la convivencia entre fauna salvaje y actividades económicas tradicionales. Con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones en 2025, las posturas de administraciones, asociaciones profesionales y colectivos ecologistas permanecen distanciadas, en un escenario en el que las medidas judiciales sientan precedentes para las resoluciones futuras.