
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por la Universidad de Granada y la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anuló el acuerdo de la UGR de suspender sus colaboraciones académicas e institucionales con universidades israelíes.
El auto, dictado el pasado 5 de marzo de 2026 por la Sección Primera de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, aprecia que el caso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, lo que implica que el Alto Tribunal considera necesario pronunciarse para clarificar cuestiones jurídicas de alcance general.
En concreto, el Tribunal Supremo analizará si la autonomía universitaria permite adoptar acuerdos institucionales basados en la defensa de los derechos humanos y del derecho internacional, incluso cuando estos impliquen suspender relaciones académicas con instituciones extranjeras.
Asimismo, deberá determinar si este tipo de medidas puede calificarse como discriminatorio cuando no se dirige contra personas físicas sino contra instituciones vinculadas a un determinado Estado.
El procedimiento tiene su origen en el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada el 17 de mayo de 2024, mediante el cual la institución decidió suspender diversos programas de cooperación académica con universidades israelíes y reforzar la cooperación con universidades palestinas, en el contexto de las violaciones del derecho internacional humanitario denunciadas en Gaza.
Dicho acuerdo fue recurrido por la asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM), quien alegaba una vulneración de derechos fundamentales hacia la población e instituciones israelíes.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Granada desestimó inicialmente el recurso al considerar que la Universidad había actuado dentro del ámbito de su autonomía constitucional y sin vulnerar derechos fundamentales.
Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revocó esa decisión en septiembre de 2025, al entender que la medida vulneraba los derechos a la igualdad, la dignidad y la integridad moral.
Frente a esa sentencia, tanto la Universidad de Granada como la APDHA interpusieron recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
En su auto de admisión, el Tribunal Supremo destaca que el caso plantea cuestiones de relevancia jurídica, entre ellas los límites del principio de neutralidad de las universidades públicas, el alcance de la autonomía universitaria reconocida en la Constitución y la relación entre la actuación institucional de las universidades y la defensa de los derechos humanos y del derecho internacional.
Asimismo, el Tribunal señala que la cuestión reviste interés general porque existen procedimientos similares en curso en otras universidades españolas, como las de Valencia, Burgos o País Vasco, lo que hace necesario un pronunciamiento que unifique criterios.
Desde la Red Universitaria por Palestina y la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, que interviene en el procedimiento defendiendo la legalidad del acuerdo universitario, han valorado la admisión del recurso.
Las organizaciones consideran que la decisión del Tribunal Supremo abre la puerta a clarificar el papel de las universidades públicas como instituciones comprometidas con la defensa de los derechos humanos y el derecho internacional, así como el alcance real de su autonomía constitucional.
APDHA y Red Universitaria por Palestina reiteran que la suspensión de relaciones institucionales con entidades vinculadas a graves vulneraciones del derecho internacional ·no constituye una forma de discriminación sino una medida institucional legítima y proporcionada dirigida a evitar la colaboración con prácticas contrarias a los derechos humanos".
El recurso será ahora tramitado por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que deberá resolver definitivamente el litigio y fijar jurisprudencia sobre estas cuestiones.
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