Koldo rechaza que se personen Ineco y Tragsatec en el juicio por las mascarillas porque no son "perjudicadas"

El representante legal del antiguo asesor argumenta ante el Supremo que las sociedades públicas mencionadas deberían ser consideradas investigadas dentro del proceso judicial por presuntas irregularidades, impidiendo que puedan actuar como parte activa en la acusación

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La defensa del exasesor Koldo García señaló ante el Tribunal Supremo que las empresas públicas Ineco y Tragsatec deberían ser consideradas como investigadas en el proceso judicial ligado a la compra de mascarillas durante la pandemia, en lugar de participantes activas en calidad de acusación. Según informó Europa Press, el recurso de súplica presentado sostiene que no corresponde el ofrecimiento de personación a ambas sociedades como "perjudicadas", ya que, de acuerdo con su argumentación, estas entidades no cumplen los requisitos legales para esa condición dentro del caso.

El escrito, presentado por la abogada Leticia de la Hoz, sostiene que Ineco y Tragsatec tendrían que figurar en el proceso como sujetos de la acción penal y no como víctimas, debido a que la investigación proyecta dudas sobre sus controles internos y, por tanto, su posible responsabilidad penal. De la Hoz expuso que “no se puede ejercer la acción penal (como acusación o perjudicado) cuando la propia entidad debe ser sujeto de la acción penal por la falta de controles internos que permitieron la supuesta malversación y el supuesto tráfico de influencias”, frase incluida en el documento al que accedió el medio Europa Press.

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En relación con los delitos que se investigan, la abogada indica que la presunta malversación que pesa tanto sobre Koldo García como sobre el exministro de Transportes José Luis Ábalos, solo pudo haberse cometido en connivencia con personas dentro de las propias sociedades públicas. Al respecto, el recurso señala que “los hechos objeto de enjuiciamiento presuponen que alguien en el seno de estas sociedades, en connivencia con los acusados, ha cometido el presunto delito”. Sobre el tráfico de influencias, la defensa argumenta que el Código Penal contempla la responsabilidad penal para las personas jurídicas, elemento que refuerza, a su juicio, la necesidad de tratar a las empresas como potenciales investigadas en el procedimiento penal.

El Tribunal Supremo ofreció, según reflejó Europa Press, la posibilidad de que Ineco y Tragsatec se personaran como perjudicadas tras la sugerencia del fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, durante la audiencia preliminar del juicio. No obstante, la defensa de Koldo García se opone y argumenta que, mientras no concluya el plazo de prescripción y exista la posibilidad de que pueda abrirse causa contra dichas sociedades, no resultaría procedente su participación como acusación. Sostiene que tal dualidad sería incompatible, incluso si el rol de perjudicado y el de acusado se asignaran en períodos diferentes y en procesos separados, siempre que los hechos objeto de investigación sean los mismos.

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Para apoyar esta postura, De la Hoz cita la doctrina del Tribunal Supremo sobre la incompatibilidad de los roles de acusador y acusado dentro de un mismo proceso penal, subrayando que no puede ofrecerse la opción de personarse como perjudicadas a aquellas entidades que podrían terminar siendo las investigadas. El texto también plantea que existe una “selección estratégica de imputados”, según la defensa, que transformaría a posibles responsables en acusadores, evitando así su real posición procesal.

De acuerdo con la información difundida por Europa Press, la defensa enfatiza que la Sala ya resolvió previamente sobre la necesidad de un “claro y tajante deslinde” entre quienes ejercen la acusación y quienes enfrentan cargos, criterio que, en opinión de la representante legal, no se respetaría en este caso si se permite que Ineco y Tragsatec asuman el rol de perjudicadas. La abogada afirma que “la posición procesal de estas sociedades mercantiles debe ser la de investigadas/encausadas y no la de perjudicadas, ya que no cabe la condición de víctima en quien ha permitido, supuestamente, por defecto de organización, la distracción de caudales de bienes de la propia empresa o la influencia ilícita”.

En el escrito de acusación, la Fiscalía solicita que José Luis Ábalos y Koldo García indemnicen de manera conjunta y solidaria a Ineco con 34.477,86 euros y a Tragsatec con 9.500,54 euros, cifras asociadas a contratos presuntamente adjudicados a mujeres vinculadas al exministro. Además, el Ministerio Público reclama castigos de 24 años de prisión para Ábalos, 19 años y medio para García y 7 años para el empresario Aldama, quien ha admitido los hechos imputados, por cargos relacionados con pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, cohecho, malversación y uso indebido de información reservada.

El medio Europa Press añadió que las acusaciones populares mantienen peticiones superiores a las de la Fiscalía, exigiendo 30 años de prisión tanto para Ábalos como para Koldo García y, en el caso de Aldama, la misma condena solicitada por el Ministerio Fiscal.

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