
En el periodo que va de 2015 a abril de 2025, la Audiencia Nacional en España dictó 275 sentencias vinculadas al yihadismo, y de ellas el 82,2% resultaron condenatorias, mientras que las absolutorias alcanzaron el 17,8%. La mayoría de condenas se relacionó con delitos de integración en organización terrorista, autoadoctrinamiento y enaltecimiento del terrorismo, según consignó el Real Instituto Elcano en su estudio "Tratamiento policial y judicial del terrorismo yihadista en España (2015-2025)". El informe también detalla que más de la mitad de las detenciones por yihadismo en España durante la última década no finalizaron en sentencia judicial, y apenas el 44,2% de los arrestados por estas actividades enfrentaron un proceso ante los tribunales.
El estudio de Elcano, citado por Europa Press, menciona que el 55,6% de las detenciones no concluyeron con resolución judicial firme. Quienes no fueron procesados judicialmente experimentaron distintos desenlaces: algunos recuperaron la libertad sin medidas cautelares, otros fueron objeto de deportación por cuestiones de seguridad nacional o migratorias y algunos casos se archivaron por falta de pruebas suficientes para avanzar en el proceso penal. De entre quienes sí llegaron a juicio, más del 80% obtuvieron condena, lo que evidencia una alta tasa de eficacia judicial respecto de aquellos asuntos que logran completar el recorrido legal.
En cuanto a las características de las sentencias, Elcano describe que el 79,5% de las condenas recayeron en hombres adultos, el 12,1% en mujeres adultas y el 8,5% restante afectó a personas menores de edad al momento de la detención. Dentro de los menores condenados, el 21% tenía antecedentes y el 6,4% reincidió en delitos relacionados con el terrorismo. Asimismo, el 92,4% de las personas condenadas formaban parte de células, grupos o redes yihadistas reconocidas internacionalmente, mientras que solo el 7,6% operó de manera individual.
En la distribución de motivos de condena, el delito de integración en organización terrorista constituye el 31% de los fallos dictados en primera instancia. Entre quienes recibieron condena por este motivo, el 67% participó en actividades operativas como planificación o ejecución de atentados, mientras que el 33% realizó funciones preparatorias o de apoyo. El estudio del Real Instituto Elcano puntualiza que el 54,4% de los hombres adultos condenados realizaron labores preparatorias, lejos de la acción directa, mientras que el 45,6% sí tuvo participación en operaciones o desplazamientos a zonas en conflicto como combatientes extranjeros. Las mujeres adultas condenadas, de acuerdo con la investigación, lo fueron en su totalidad por desplazamientos a zonas de conflicto sin que estas actividades se considerasen operativas.
Respecto a los menores, de los 19 sancionados, el 52,6% lo fue por realizar tareas no operativas, mientras que el 47,4% sí asumió responsabilidades en la preparación o ejecución de atentados, incluyendo a una menor. Además, el informe hace referencia a diversas modalidades de actividades sancionadas: desde la difusión de propaganda, acciones de radicalización y reclutamiento, financiación, apoyo logístico, envío de combatientes, hasta el desplazamiento a zonas de conflicto con finalidades no necesariamente directas en la violencia.
El Real Instituto Elcano, según publicó Europa Press, también se detiene en los tipos de sentencias dictadas. El 53,5% de las condenas resultó de acuerdos de conformidad, es decir, pactos previos entre el acusado y la acusación, mientras que el 46,5% restante correspondió a sentencias tras juicio oral. En el análisis por sexo, el 70,4% de las condenas a mujeres adultas fueron por conformidad, a diferencia del 46,8% en hombres adultos. En el caso de los 19 menores, la totalidad de las sentencias se dictó mediante acuerdos previos. Ana Ballesteros Peiró, autora del informe, observa que para los menores este procedimiento favorece intereses de rehabilitación, ya que supone el reconocimiento de los hechos como requisito para acceder a programas específicos.
El informe añade que los acuerdos de conformidad se presentaron en todos los tipos de delitos analizados: en el 83% de las condenas por autoadoctrinamiento, en el 52% de los casos por enaltecimiento del terrorismo y en el 43% para integración en organización terrorista. Ballesteros Peiró, según expuso Elcano, señala que la conformidad cumple funciones de agilización en procedimientos judiciales complejos, permite la rehabilitación yihadista tras el reconocimiento de los hechos y asegura la eficiencia del sistema judicial, reduciendo la incidencia de absoluciones por insuficiencia probatoria o errores procesales.
En los casos en que la sentencia derivó de conformidad, la media de la pena privativa de libertad se sitúa en torno a los 41 meses, con una mediana de 36 meses. Para las condenas dictadas tras juicio oral y fallo del tribunal, la media asciende a 85 meses y la mediana a 84 meses. El análisis detectó que en procedimientos sin conformidad, el riesgo de absolución aumenta, ya que el 32% de los procesados resultó absuelto y el 68% condenado.
España, según los datos de Europol recogidos por el Real Instituto Elcano, fue el segundo estado europeo más activo en la lucha contra el yihadismo durante 2014 a 2024, solo superado por Francia. Las cifras muestran que en ese periodo se registraron en Francia 2.255 detenciones, en España 619 y en Bélgica 405. Aun así, en los dos últimos años España pasó a encabezar la lista europea en número de detenidos por delitos vinculados al yihadismo, superando a Francia.
En 2017, España vivió el mayor número de operaciones contra actividades yihadistas, con 52 expedientes policiales y 76 detenciones. En 2023, las intervenciones alcanzaron las 43 operaciones y se arrestó a 78 personas, mientras que, al cierre de 2024, el total de operaciones subió a 49, con 81 detenidos, estableciéndose como el máximo anual en el periodo analizado.
El estudio del Real Instituto Elcano, según detalló Europa Press, subraya la amplia variedad de actividades castigadas y la participación significativa de acuerdos de conformidad como fórmula predominante para la resolución judicial, especialmente en casos donde los acusados son menores de edad. El informe sitúa las penas y el perfil de los procesados, así como las causas y circuitos de actuación dentro del fenómeno yihadista en territorio español, en el marco de una persecución judicial y policial que sitúa al país como uno de los focos centrales en la respuesta al terrorismo yihadista en Europa en el último decenio.


