El informe médico forense incluido en el expediente concluyó que la empleada afectada no contaba con plena capacidad consciente y volitiva para prestar un consentimiento libre en los encuentros sexuales señalados, en atención a su patología psiquiátrica y a su naturaleza influenciable frente a su superior. Según reportó Europa Press, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real abordará el próximo martes, 3 de marzo, el caso contra B.O.F., un empresario a quien la Fiscalía imputa un delito continuado de agresión sexual por supuestos realizados entre julio de 2022 y febrero de 2023 contra una empleada que cuenta con un 65% de discapacidad psíquica reconocida.
De acuerdo con el escrito de acusación al que accedió Europa Press, la trabajadora desempeñaba tareas en la empresa de limpieza propiedad del acusado y había iniciado una relación sentimental con él, paralela al matrimonio del empresario, entre los años 2019 y 2023. El documento detalla que los encuentros entre ambos tenían lugar de forma recurrente en los centros de trabajo donde la afectada prestaba servicios. A partir de la segunda mitad de 2022, según estableció la Fiscalía, estos encuentros adquirieron naturaleza sexual y se produjeron tanto en las comunidades vecinales donde ella ejercía labores, como en la oficina y el propio domicilio familiar de B.O.F., en ocasiones cuando no habían familiares presentes.
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La acusación sostiene que el procesado actuó plenamente consciente de las limitaciones psíquicas de la víctima y de su situación de especial vulnerabilidad, utilizando su posición de superioridad en el ámbito laboral para, según el Ministerio Público, imponer relaciones sexuales de acceso carnal por vía bucal. Europa Press recogió que la valoración forense incorporada por el fiscal indica que el grado de discapacidad y factores personales de la víctima le imposibilitaban ejercer un consentimiento válido y autónomo, así como resistirse a la influencia de su jefe.
Europa Press detalló que la petición de la Fiscalía contempla una pena de 15 años de cárcel para el empresario, debido a la gravedad y la naturaleza continuada del hecho delictivo señalado. El Ministerio Público también propuso la imposición de una indemnización de 30.000 euros a la denunciante, correspondiente a los daños personales. A esto se suma la solicitud de una orden de alejamiento que impediría al acusado aproximarse a menos de 200 metros de la perjudicada, de su domicilio, centro laboral o cualquier otro espacio que frecuente, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante 20 años.
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Dentro de las medidas accesorias solicitadas por la Fiscalía y difundidas por Europa Press, figura también la inhabilitación especial del acusado para desempeñar cualquier actividad profesional o de voluntariado que implique contacto habitual y directo con menores durante dos décadas. Tras el cumplimiento de la condena, el Ministerio Público propuso además el sometimiento del acusado a libertad vigilada durante diez años, con la finalidad de evitar reincidencias o riesgos similares.
Las actuaciones recogidas en el escrito de acusación y reflejadas por Europa Press señalan que todos los hechos descritos se derivan tanto de la condición de empleador del acusado como de la especial situación de dependencia de la víctima, aspecto que, a juicio de la Fiscalía, agrava la valoración de la conducta atribuida. La vista oral remitida para este 3 de marzo examinará todos los elementos probatorios presentados en relación a los encuentros producidos en entornos laborales y residenciales, así como el contexto de la relación entre acusado y empleada.
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El caso ha sido atribuido oficialmente a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, órgano responsable tanto del análisis de la prueba como de la eventual sentencia. El expediente judicial detalla que la actuación del acusado, motivada por la posición jerárquica y la discapacidad reconocida de la perjudicada, revistió según la Fiscalía las características constitutivas del delito de agresión sexual continuada, circunstancias calificadas y fundamentadas en el dictamen del Ministerio Fiscal y el dictamen forense incorporado.
De acuerdo con la información divulgada por Europa Press, la acusación fiscal no solo hace hincapié en la gravedad de los hechos sino también en la necesidad de establecer garantías para la protección de la víctima y la prevención de futuras conductas de similar naturaleza por parte del acusado, tanto en el entorno laboral como social. La resolución del proceso judicial dependerá del desarrollo de la vista, las pruebas practicadas y la valoración jurídica de las mismas por parte del tribunal competente.
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