El acusado accedió a la sucursal bancaria de A Ponte do Porto en Camariñas, A Coruña, el 27 de febrero de 2024, ocultando sus rasgos faciales con una peluca y gafas de sol, según recoge el fallo judicial. Llegó al local cuando solo se encontraba un empleado en su interior y, utilizando un objeto contundente que simulaba ser un arma de fuego corta, le apuntó para intimidarlo, de acuerdo con lo informado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
El TSXG ratificó la sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, la cual condena al procesado a 11 años de prisión. El tribunal desestimó el recurso presentado por la defensa, manteniendo firme la condena por los delitos de robo con violencia e intimidación, cometidos con un instrumento peligroso en un establecimiento abierto al público, en concurso con un delito de detención ilegal y otro de lesiones, tal como consignó el medio oficial.
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Según la resolución, después de apuntar con el objeto simulado al empleado, el condenado lo golpeó y luego lo retuvo atado con bridas plásticas. Aprovechó esa situación para apoderarse del dinero guardado en la caja del banco y extraer efectivo del cajero automático. La suma sustraída alcanzó los 44.380 euros, conforme se detalla en la sentencia confirmada por la Sala de lo Penal y lo Civil del TSXG.
El tribunal también estableció indemnizaciones para las víctimas del robo. De acuerdo con lo publicado por el TSXG, el condenado deberá abonar al trabajador bancario la cantidad de 15.600 euros por las lesiones y secuelas físicas derivadas de la agresión sufrida durante el asalto. Además, se ordenó el pago de 44.380 euros a la entidad bancaria, como compensación por el monto sustraído en el robo.
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La resolución judicial subraya que los hechos se produjeron en un establecimiento abierto al público y que el acusado utilizó un instrumento peligroso, elevando la gravedad de los delitos. El fallo judicial precisó los fundamentos para descartar los argumentos presentados por la defensa, concluyendo que existían pruebas suficientes para acreditar los hechos.
Tal como informó el TSXG, la confirmación de la condena implica que se agotan las principales vías de recurso a nivel autonómico. El acusado, tras conocer la ratificación de la sentencia, deberá cumplir la pena de prisión impuesta y asumir las responsabilidades civiles derivadas del asalto.
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El medio oficial detalló que el caso añade una condena relevante dentro del marco penal para delitos cometidos con violencia e intimidación en locales públicos y remarca la incorporación de compensaciones económicas tanto para la persona agredida como para la entidad afectada, siguiendo lo dispuesto en la legislación vigente.
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