La jueza de la dana cita como testigos a los operarios adscritos al servicio de explotación de la presa de Buseo el 29O

La magistrada de Catarroja ha llamado a declarar a empleados encargados del embalse de Buseo y a agentes autonómicos presentes en emergencias durante la dana, mientras rechaza investigar la presa de Forata por falta de relación con los fallecimientos

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La identificación de los operarios del embalse de Buseo que prestaron servicio durante la dana del 29 de octubre de 2024 ha sido posible gracias al informe elaborado por el director de explotación de esta infraestructura. Según informó el medio, la jueza de Catarroja, a cargo de la investigación sobre la gestión de la emergencia, adoptó la decisión de citarlos como testigos en el proceso judicial aún sin fijar fecha concreta, considerando su relevancia para esclarecer las causas de los fallecimientos y lesiones ocurridos durante el episodio de lluvias intensas.

El medio detalló que, tras constatarse en el informe pertinente que la presa de Buseo —de titularidad exclusiva de la Generalitat— experimentó un desbordamiento por coronación coincidente con la jornada de la dana, la autoridad judicial ha dirigido su atención a quienes operaban la infraestructura en esos momentos. Paralelamente, y tras una solicitud presentada por el partido Ciudadanos, la magistrada ha acordado la citación como testigos de los policías autonómicos que el día 29 de octubre de 2024 ejercían funciones en el Centro de Coordinación de Emergencias de l'Eliana, donde atendían avisos de la población sobre la situación generada por el fenómeno meteorológico adverso. Según publicó el medio, esta decisión se adoptó después de analizar las manifestaciones de los escoltas del expresidente de la Generalitat, Carlos Mazón, y considerando el ejercicio de la acción popular por parte de la formación política.

Por otra parte, el medio consignó que la jueza denegó la petición de una acusación para recabar nueva información sobre la presa de Forata, incluido un informe sobre la condición de infraestructura crítica por parte del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, y la incorporación de documentos y comunicaciones que hicieran referencia a la seguridad de esta instalación. La magistrada fundamentó su decisión en la inexistencia de conexión entre la presa de Forata y los hechos investigados, es decir, los homicidios y lesiones imprudentes atribuidos a la gestión de la dana. Argumentó que la citada instalación no registró colapsos, desbordamientos ni roturas, y recalcó que su funcionamiento no provocó fallecimientos ni lesiones.

El medio reportó que la justicia cuenta ya con sucesivos autos, peritajes y abundante documentación en el expediente que han llevado a descartar cualquier implicación de la presa de Forata en los decesos o daños personales investigados. Refirió la jueza que hasta siete resoluciones han analizado el papel del presidente de la CHJ, subrayando que ninguno de los fallecidos —cuyos familiares están representados por la acusación particular promotora de la prueba— perdió la vida en la cuenca del río Magro, ámbito correspondiente a la presa de Forata. Según detalló la magistrada, este argumento ya fue recogido por la Audiencia Provincial de Valencia para desestimar un trámite probatorio anterior enfocado en esa infraestructura.

El medio especificó que la jueza reiteró en su auto más reciente la importancia de la pronta adopción de medidas de alerta y protección a la población, identificando la falta de dichas acciones como el “elemento determinante” de la elevada mortalidad derivada de la dana de octubre. En el documento judicial, la instructora reflexionó que, pese al evidente riesgo extremo, no se aplicaron con la suficiente rapidez las recomendaciones o instrucciones a la ciudadanía, lo que se tradujo en pérdida de tiempo debido a dudas jurídicas sobre la cobertura legal de esas actuaciones y a un temor a vulnerar derechos fundamentales.

En su resolución, la magistrada precisó que las medidas a implementar durante la emergencia deberían haber incluido recomendaciones y órdenes que no conllevaban una restricción efectiva de la libertad de las personas, ya que su vigencia temporal resultaba limitada, mientras que la ventaja para los ciudadanos hubiese sido significativa si se hubieran comunicado de forma ágil y precisa. Insistió en que la Ley autonómica 13/2010, de Protección Civil y Gestión de Emergencias, estipula en su artículo 4, apartados a y b, el derecho de los ciudadanos y entidades a recibir información sobre los riesgos graves y las medidas previstas para afrontarlos, así como instrucciones claras sobre las conductas de seguridad recomendables ante situaciones de peligro colectivo.

A lo largo del proceso, según recogió el medio, la jueza ha subrayado la falta de conexión causal entre los hechos imputados y las solicitudes para ampliar la investigación respecto de la presa de Forata, mientras que las pesquisas se mantienen centradas en la gestión del embalse de Buseo y la respuesta de los organismos de emergencia autonómicos durante las jornadas críticas del 29 y 30 de octubre de 2024.