José María Pemán vuelve a ser Hijo Predilecto de Cádiz, tras la sentencia del TSJA que el Ayuntamiento no recurrirá

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El alcalde de Cádiz, Bruno García (PP), ha trasladado este viernes que el Ayuntamiento no va a recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que revoca la decisión del pleno del ayuntamiento gaditano en diciembre de 2021, cuando gobernaba José María González 'Kichi' de Adelante Cádiz, de quitarle al escritor José María Pemán el título de Hijo Predilecto de Cádiz, una distinción otorgada en 1955.

En declaraciones a los periodistas, el actual alcalde ha señalado que "lo primero" que va a hacer es "sentarse con los familiares", abundando en que la justicia lo que ha hecho es "retrotraer ese acto" que "estaba mal hecho", en referencia al momento en que se decidió la retirada de esta distinción "para dar cumplimiento a las leyes de memoria histórica y democrática" y por su vinculación con el franquismo.

En la sentencia, adelantada por La Voz de Cádiz y a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA estima el recurso de apelación de los descendientes del escritor contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Cádiz, que en enero de 2024 había fallado a favor del Ayuntamiento.

De esta manera, da por válido lo apelado por los familiares de Pemán en cuanto a que el Ayuntamiento de Cádiz en 2021 "debió realizar un ejercicio de motivación del acuerdo" para retirar esta concesión "y no lo hizo", valorando que en 1955 se le dio esta distinción de hijo predilecto por "su condición de poeta y pensador y además por reunir cualidades de perfecto y excelente caballero" y que "los hechos biográficos aportados por el informe de Balteus no indica labor alguna en pro del golpe o de la represión franquista".

En la apelación se señala que "el honor no se concedió por la participación del afectado ni en la sublevación militar, en la Guerra Civil o en la represión posterior de la dictadura, sino por ser un gaditano que había participado en distintas instituciones antes, durante y después de la misma, y ser considerado un escritor español que cultivó todos los géneros literarios, destacando como periodista, dramaturgo y poeta, como resulta del conjunto de su obra, reconocido a nivel nacional e internacional".

Además, se expone que las razones ofrecidas en su día para la concesión de la distinción "se referían a méritos completamente ajenos a tal exaltación --del franquismo--, ni siquiera tocantes de algún modo a su significación o postulados políticos" y que "antes ni después de la concesión del título hubo acto alguno que se pudiera incardinar en aquello que la Ley de Memoria establece para retirar títulos o distinciones".

De esta manera, los recurrentes entienden que Pemán "no intervino directamente en la ejecución del procedimiento ni formó parte activa de las comisiones depuradoras, sino que aprovechó el cargo, como hizo siempre que pudo durante la dictadura, para ayudar incluso a intelectuales exiliados a volver a España y liberarlos del proceso de purga".

El TSJA considera que el acto de revocación de tal distinción "no resulta ajustado a derecho" ya que "de ningún modo" se motiva en el acto recurrido que la distinción de hijo predilecto "comporte esa específica exaltación" del franquismo "cuando, además, las razones ofrecidas en su día para la concesión de la distinción se referían a méritos completamente ajenos a tal exaltación, ni siquiera tocantes de algún modo a su significación o postulados políticos y, consecuentemente, que su mantenimiento implica esa prolongación de esa misma exaltación".

Es por eso que estima el recurso de apelación contra la sentencia de 8 de enero de 2024 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Cádiz, anulando el acuerdo adoptado por el pleno municipal del Ayuntamiento de Cádiz en sesión ordinaria de 22 de diciembre de 2021, por el que se revoca la distinción municipal de Hijo Predilecto de Cádiz concedida a José María Pemán y Pemartín, por estimarlo "disconforme con el ordenamiento jurídico".