
Al evaluar los argumentos presentados por la defensa, la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) determinó que el material probatorio reunido con relación al suceso en Tetuán permite confirmar tanto la identificación del autor como su intención de quitar la vida a la víctima. Según consignó Europa Press, los magistrados indicaron en su resolución que los elementos recogidos "afirman en el caso enjuiciado la autoría y un claro 'animus necandi' en el procesado recurrente, tras el ponderado y riguroso análisis del material probatorio, y por las aludidas circunstancias previas, coetáneas y posteriores, son lógicas y racionales". De este modo, el TSJM ratificó la condena de siete años y medio de cárcel impuesta anteriormente por la Audiencia Provincial de Madrid a un hombre que prendió fuego al edredón de una persona sin hogar que descansaba en la calle.
De acuerdo con la información de Europa Press, los hechos por los que se emitió la sentencia ocurrieron en el distrito madrileño de Tetuán. El autor, motivado por la intención de provocar la muerte de la víctima, se acercó al lugar donde esta dormía, cubierto por cartones y un edredón, y utilizó un mechero para incendiar la manta que lo protegía del frío de la noche. La acción desencadenó un incendio mientras la persona afectada continuaba profundamente dormida, sin percatarse del peligro inminente.
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En el desarrollo de los acontecimientos, según el relato recogido por Europa Press, un transeúnte que paseaba a su perro advirtió el fuego y reaccionó de inmediato. Tras notar las llamas, el hombre se aproximó al lugar y logró apagarlas pisando repetidamente la manta encendida. Debido a este acto, la vida de la persona sin hogar no se perdió, aunque quedó patente la gravedad de la situación y el riesgo al que se había visto expuesta la víctima durante el incidente.
Europa Press detalló el impacto de la intervención del testigo, quien tras extinguir el fuego se dirigió al agresor y, elevando la voz, le cuestionó: "¿quieres matarle?". El acusado respondió: "él se lo había buscado". Este intercambio fue considerado por el TSJM como un elemento relevante dentro del análisis de los hechos y el estado de ánimo del autor en el momento de los mismos.
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El fallo recoge que la sentencia de primera instancia no solo recoge la prueba que fundamentó la condena, sino que también argumenta por qué la versión de los hechos entregada por el acusado no resulta convincente para el tribunal. Los magistrados subrayaron que "la sentencia de instancia no solo recoge la prueba sobre la cual se ampara la condena, sino que además recoge y fundamenta el motivo por el cual es descartada la versión que de los hechos presenta ante el tribunal 'a quo' el apelante". Desde la perspectiva del TSJM, esto permite desvirtuar la presunción de inocencia alegada por la defensa en su recurso de apelación.
Tal como publicó Europa Press, la condena por un delito de asesinato en grado de tentativa asciende a siete años y medio de prisión. El recurso presentado por el condenado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid fue desestimado, manteniéndose así la decisión dictada en febrero por la Audiencia Provincial de Madrid.
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La resolución aún no es definitiva y el hombre sentenciado dispone de la posibilidad de interponer un recurso de casación. No obstante, la firmeza argumentativa de la sentencia y el rechazo a las alegaciones del acusado refuerzan la postura de la Sala sobre la existencia de tanto la autoría como la intencionalidad en los hechos ocurridos en Tetuán, según destacó Europa Press.
La situación pone de relieve un acto violento contra una persona especialmente vulnerable, cuya vida dependió de la rapidez de actuación de un ciudadano que detectó e intervino en el incidente mientras paseaba por la zona, evitando con su reacción un desenlace fatal. Las actuaciones judiciales continuarán si el procesado decide recurrir ante una instancia superior, tal como refleja la información difundida por Europa Press.
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