Un acusado de agresión sexual a una mujer en la calle en A Coruña reconoce que hubo relaciones: "Fue una decisión común"

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Un hombre acusado de un delito de agresión sexual en la calle, en la zona próxima a una discoteca en el puerto de A Coruña, en febrero de 2024, ha reconocido haber mantenido relaciones completas con la denunciante, pero ha asegurado que fue "una decisión común".

"Estuve con ella, señoría, pero fue una decisión común, le dije de pasar un tiempo los dos juntos y ella me dijo que sí", ha insistido el procesado durante su intervención en el juicio que se celebra este miércoles y jueves en la sección segunda de la Audiencia Provincial coruñesa.

En su declaración, el encausado, que se encuentra en prisión provisional por la presunta comisión de este delito, ha explicado que no conocía "de antes" a la mujer y ha incidido en que él estaba "borracho". "Estuve bebiendo, no me acuerdo de mucho", ha expuesto respecto a los hechos tras apuntar que le "parece normal tener relaciones fuera", en la vía pública.

Por su parte, la denunciante ha contado su testimonio oculta detrás de un biombo. "Recuerdo entrar -- en la citada discoteca --, pedir una copa, ir al baño y ya, lo siguiente que recuerdo es despertarme con la ropa interior bajada hasta los tobillos", ha relatado. "Fue todo muy traumático", ha añadido.

PETICIÓN DE CONDENA

Por estos hechos, el Ministerio Público y la acusación particular solicitan para el acusado 12 años de prisión así como la prohibición de acercarse a menos de 700 metros de la víctima y de comunicarse con ella por cualquier medio durante un período de 15 años. Además, piden imponer la medida de libertad vigilada durante 10 años, que se ejecutará con posterioridad a la privación de libertad.

Añaden que la pena de prisión impuesta, una vez cumpla ocho años, se sustituirá por la expulsión del territorio español y no podrá regresar al país en un plazo de 10 años. Asimismo, el acusado deberá indemnizar a la mujer con 33.317,92 euros. En contraposición, el abogado de la defensa pide su libre absolución al alegar que "sí hay consentimiento".