Madrid, 9 oct (EFECOM).- El Tribunal Supremo ha anulado la disposición normativa que extendía la obligación de evaluar los riesgos del hogar a las empresas que se dedican a dar servicio a domicilio a personas en situación de dependencia, según ha informado la patronal Asade respecto a una sentencia aún no publicada.
La Asociación Estatal de Entidades de Servicios de Atención a Domicilio (Asade) ha informado en un comunicado de que el Supremo ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por varias asociaciones frente al real decreto que regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar.
La patronal ha defendido que la norma mezclaba el sector profesional de los cuidados a domicilio con el ámbito doméstico y que no se había consultado a estas empresas sobre un desarrollo normativo "que carecía de los más mínimos requisitos formales como una memoria desarrollada de impacto económico".
Según Asade, la sentencia es firme y sin posibilidad de recurso. EFECOM
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