
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 28 años de prisión impuesta a un hombre por el asesinato de su expareja en Roquetas de Mar (Almería), a la que golpeó en la cabeza con una piedra de hormigón de cinco kilos en plena calle cuando regresaba del trabajo. La pena incluye 25 años por el asesinato, además de otras dos condenas por quebrantamiento de condena y coacciones.
En su sentencia, el alto tribunal desestima el recurso de casación presentado por el acusado, D.C., y confirma íntegramente las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Almería y ratificadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). El Supremo rechaza uno por uno los nueve motivos del recurso, que alegaban vulneración de derechos fundamentales y error en la valoración de la prueba.
El crimen tuvo lugar en la madrugada del 6 de junio de 2021, cuando el acusado esperó a su expareja, Inmaculada N.M.O., en una calle del municipio roquetero, ya que conocía el recorrido que ella hacía al salir del trabajo.
La atacó de forma "súbita e inesperada", golpeándola en la cabeza con una piedra de hormigón y propinándole múltiples golpes en el rostro con la intención de causarle un "sufrimiento innecesario". La víctima, madre de tres hijos, falleció a consecuencia de un traumatismo craneofacial severo y una hemorragia subdural traumática.
El alto tribunal sostiene que concurren pruebas de cargo que permiten sostener de forma segura su autoría, entre ellas la geolocalización del acusado, la aparición de una chaqueta con su ADN y restos de sangre de la víctima en el lugar del crimen, así como el testimonio de una testigo que lo vio al acecho instantes antes del ataque.
La Sala reprocha que el recurso repitiera los mismos argumentos ya rechazados en apelación, con un lenguaje "apelmazado, reiterativo y difícil de seguir", y lo califica de "inconsistente".
La sentencia del TS ratifica también las penas accesorias: un año de prisión por quebrantamiento de condena y dos años por coacciones en el ámbito de la violencia de género, al quedar acreditado que D.C. acosó a la víctima durante semanas, violó la orden de alejamiento vigente desde octubre de 2020 y la presionó para retomar la relación.
El condenado acudió en repetidas ocasiones a los lugares donde trabajaba y residía la mujer, generó altercados y contactó con personas de su entorno para forzar el reencuentro.
El Supremo subraya que actuó "con absoluto desprecio a la condición de mujer de la víctima, con ánimo de posesión y dominación", y confirma la concurrencia de dos agravantes: parentesco y discriminación de género.
Además de las penas de prisión, la sentencia impone a D.C. la prohibición de comunicarse o acercarse durante 30 años a los tres hijos de la víctima, a quienes deberá indemnizar con 100.000 euros a cada uno.
La Sala recuerda que el asesinato se enmarca en una trayectoria de violencia previa y reincidente por parte del condenado, que ya había sido sentenciado en 2020 por quebrantamiento de condena.
El teléfono 016 es el número de información y asesoramiento jurídico para las víctimas de violencia machista y su entorno. Funciona las 24 horas, atiende en 52 idiomas, es gratuito y no deja rastro en la factura telefónica, aunque puede quedar registrado en ciertos terminales y debe ser borrado. El servicio también responde a través del correo 016-online@igualdad.gob.es y presta atención mediante WhatsApp en el 600 000 016.
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