Madrid, 22 may (EFECOM).- El Tribunal Supremo ha establecido que es la Administración la que debe probar la culpa del administrador de una sociedad mercantil para imputarle la responsabilidad subsidiaria de las deudas tributarias y sanciones, de modo que no es el administrador el que debe probar que no ha cometido irregularidades.
En una sentencia fechada el pasado 20 de mayo a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso estima un recurso presentado contra un fallo de septiembre de 2022 de la Audiencia Nacional que anula, y que afectaba a una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central.
Al tratarse de la responsabilidad subsidiaria que contempla la ley General Tributaria, que tiene naturaleza sancionadora, es necesario dar al afectado, que se hace cargo de las deudas de otro, determinadas garantías.
No es posible, señalan los magistrados, considerar responsable al administrador únicamente por su condición de tal, porque esto vulneraría la presunción de inocencia; por eso es preciso acreditar la conducta culpable del responsable, la "sería determinante de la comisión de las infracciones tributarias por la sociedad".
No basta con identificar al administrador de una sociedad, sino que es necesario acreditar que ha incurrido en conducta irregular.
Y a quien corresponde la carga de la prueba, indica el Supremo, es a la Administración, que deberá probar "la existencia de una acción u omisión imputable y culpable por el responsable subsidiario".
La sentencia anulada trataba sobre la responsabilidad subsidiaria al administrador de una empresa que tenía deudas por IVA de los ejercicios 2006 a 2008, y ya había dejado de ejercer como administrador cuando se produjo la inspección tributaria.
La Audiencia Nacional consideró que si la empresa había sido sancionada por una infracción tributaria y no podía pagar la deuda, se podía reclamar el pago al administrador si había actuado con pasividad o negligencia, siendo suficiente acreditar la sanción a la sociedad y la insolvencia de ésta para activar la responsabilidad subsidiaria del administrador.
Era el propio administrador quien, según la Audiencia Nacional, debía probar que actuó correctamente, pero el Supremo rechaza este criterio y afea que se aplique con "fórmulas estereotipadas que fundan la responsabilidad en la mera condición de administrador. EFECOM
Últimas Noticias
Los invitados de ‘El Hormiguero’ esta semana: el héroe de la selección española en el Mundial y uno de nuestros directores más internacionales
El programa de Pablo Motos recibirá esta semana al futbolista de moda en nuestro país, convertido en el último Mundial 2026 en un icono gracias a su histórico gol

Ultras apedrean el coche de una diputada en Ceuta pensando que se trataba de una ONG: “Miré a Rafa y no le pude garantizar que saliésemos de ahí”
Los manifestantes querían impedir que los migrantes en la ciudad reciban ayuda humanitaria, generando una situación de gran tensión. La policía disparó al aire

Precio de la gasolina en España 2026: las tarifas más altas y más bajas hoy
Así amanecieron los precios de las gasolinas en distintas ciudades de España

‘Supervivientes All Stars: Conexión Honduras’ revela al concursante salvado y los cuatro nominados: “¡Qué pereza! ¿Siempre se va a salvar el mismo?"
El programa de Telecinco comienza una nueva semana con cuatro nominados y Yulen Pereira cada vez más fuerte en el concurso

España se despide del verano pero no del calor: la Aemet prevé un tiempo “plenamente veraniego” con máximas superiores a 35ºC y sin lluvias
Con el otoño a la vuelta de la esquina, los termómetros siguen marcando temperaturas superiores para la época

