Reconocen a una policía el derecho al complemento de uniforme pese a vestir de paisano

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Valladolid, 21 mar (EFE).- La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha reconocido a una policía el derecho a percibir el complemento de uniforme pese a vestir de paisano.

La integrante del Cuerpo Nacional de Policía planteó un recurso contencioso-administrativo contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación formulada en fecha 20 de junio de 2023, ante la Dirección General de la Policía, solicitando el reconocimiento del derecho de indemnización por vestuario, según la sentencia facilitada este viernes por fuentes del TSJCyL.

La pretensión de la demandante se centró en el reconocimiento del derecho a percibir la indemnización por vestuario, dado el desempeño en funciones sin uniforme por razones de la conveniencia o necesidades del servicio desde el comienzo de dicho periodo hasta la finalización del mismo.

También reclamó el derecho al abono de la cantidad de 498 euros por año correspondiente a las cantidades ya devengadas, no abonadas y no prescritas, por el complemento, compensación o indemnización de vestuario de los ejercicios presupuestarios desde 2017 hasta la actualidad o fecha del cese en el servicio sin uniforme, con una opción subsidiaria.

El tribunal considera que la percepción de la indemnización de vestuario a que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 950/2005 pretende compensar a todos los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que, por razón de servicio, están a obligados a utilizar una vestimenta de paisano acorde con la naturaleza de ese servicio y la entidad de las situaciones y circunstancias que lo rodean.

"Por ello, es absolutamente ajustada a la racionalidad la pretensión ejercitada, quebrantando, en cambio, el principio de igualdad no reconocer el derecho a este complemento a otros funcionarios exentos de la obligación del uso del uniforme por exigencias del servicio que desempeñan", considera la resolución judicial.

En concreto, el fallo estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo y reconoce el derecho de la demandante a percibir la indemnización por uso de vestimenta de paisano mientras preste servicio en destino eximido del uso del uniforme oficial.

En lo que respecta a las indemnizaciones no prescritas, reconoce el derecho de la demandante a percibir las siguientes la parte proporcional, para el año 2021, de 148,64 euros, y para los años 2022 y 2023, 153,84 euros.

Contra la sentencia caber recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y/o ante la Sección de Casación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. EFE

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