Las acusaciones recurren la absolución del acusado del crimen de Purchil (Granada) y piden repetir el juicio

Las acusaciones de los hijos de la víctima apelan la sentencia absolutoria del tribunal por homicidio en Purchil, argumentando error en la aplicación de la legítima defensa y pidiendo un nuevo juicio

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La Fiscalía y las acusaciones ejercidas por los hijos del fallecido han recurrido la absolución del acusado de matar de una puñalada, el Día de Navidad de 2020, al exmarido de su novia en Purchil (Granada) después de que un jurado popular dictaminara que actuó en legítima defensa.

Las acusaciones solicitan que se anule el veredicto del jurado y también la sentencia absolutoria dictada por la Audiencia Provincial de Granada para que se celebre un nuevo juicio con diferente Tribunal del Jurado y magistrado presidente. Un asunto sobre el que deberá decidir la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según han detallado a Europa Press fuentes del caso.

El eje central de este juicio ha sido determinar si el acusado actuó o no para defenderse de la víctima. En su declaración ante el jurado relató que sobre las seis de la mañana de aquel 25 de diciembre se desplazó a la vivienda donde se encontraba su novia para devolverle un monedero que ella le estaba reclamando, sin saber con exactitud que allí estaría su exmarido. Afirmó que "no tenía intención de matarlo" y que le agredió para "defender su vida" puesto que presuntamente él le recibió "a machetazos".

La Audiencia de Granada dictó una sentencia absolutoria a principios de noviembre al considerar que en los hechos concurre la eximente completa de responsabilidad penal por legítima defensa, tal y como venía reclamando la defensa, ejercida por el letrado Rafael López Guarnido.

Las acusaciones ejercidas por los hijos de la víctima --tenía cuatro-- y la Fiscalía mantienen, por el contrario, que no fue una muerte derivada del enfrentamiento entre los dos hombres sino un asesinato. De hecho, el Ministerio Fiscal llegó a pedir 20 años de prisión que, tras el veredicto del jurado, rebajó a nueve años y once meses.

Concretamente, la acusación ejercida por el hijo mayor de edad, que está representado por el letrado Solimán Ahmed, alega que se ha producido una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en cuanto que el concepto de legítima defensa no ha sido sometido al criterio y valoración del jurado sino que ha sido la magistrada presidente quien "se ha extralimitado" al resolver sobre ello.

También rechazan las acusaciones que se apliquen las atenuantes de drogadicción, cuando los informes de los peritos "no encontraron restos de cocaína"; o la de arrebato y obcecación derivados de los mensajes telefónicos que se intercambiaron víctima y agresor. Ello bajo el argumento de que una persona "intimidada no se presenta con un cuchillo" en la puerta de un domicilio "y acepta el envite".

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