El TSJN anula una resolución del Gobierno foral que otorgaba la concesión de un permiso de Mina Muga

El TSJN anula la concesión del permiso 'Goyo' de Mina Muga al considerar irregular el fraccionamiento del proyecto y la insuficiente evaluación ambiental, sugiriendo un procedimiento único de tramitación

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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anulado y dejado sin efecto la resolución de Industria del Gobierno foral que otorgaba la concesión de explotación de uno de los tres permisos mineros, denominado permiso 'Goyo', que conforman Mina Muga.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra otorga la razón al recurso contencioso-administrativo presentado por Ecologistas en Acción y Sustrai Erakuntza, y apoyado por la Plataforma Unitaria contra las Minas de Potasa en la Bal d'Onsella y la Sierra del Perdón, contra el Gobierno de Navarra y la empresa Geoalcali por la concesión otorgada al megaproyecto minero Mina Muga, según ha trasladado en una nota Ecologistas en Acción.

La sentencia, contra la que tanto Gobierno de Navarra como la empresa pueden presentar recurso, advierte de que la Administración General del Estado "ha asumido parcial e insuficientemente la competencia que le correspondía respecto al proyecto único y supraterritorial autonómico de Mina Muga".

Según el TSJN "se ha producido un fraccionamiento del proyecto contrario a Derecho" pues tanto Geoalcali como las administraciones públicas implicadas, Gobierno de Aragón, Gobierno de Navarra y Gobierno de España, tomaron el fraccionamiento como base para determinar la competencia.

"En definitiva, siendo que la empresa presenta un proyecto único de explotación para un recurso minero que abarca el territorio de dos Comunidades Autónomas, debe llevarse a cabo un procedimiento único de tramitación para la concesión de explotación, una evaluación ambiental única del proyecto completo y una sola resolución de concesión de explotación del recurso minero con todas las condiciones necesarias que debe cumplir la empresa a lo largo del proceso extractivo y en la restauración del terreno, una vez finalizadas las labores de explotación", incide la sentencia.

De hecho, recoge la nota, es la empresa promotora la que siempre ha hablado de un único proyecto denominado Mina Muga y como tal ha sido tratado en la firma de un Convenio de Encomienda entre las tres administraciones que tenía como objeto la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Una DIA que, según la propia sentencia del TSJN, deja aspectos sin evaluar como los riesgos geológicos o la seguridad de los trabajadores y que "no parece posible que sea valorado y tramitado a la vez por tres Administraciones".

Las asociaciones han indicado que "en ningún momento se ha tenido acceso público a las medidas que Geoalcali afirma que va a emprender para evitar los graves problemas generados potencialmente por la actividad minera". Entre ellas, han añadido, los riesgos geológicos y medioambientales que incluyen subsidencias y hundimientos del terreno, sismicidad inducida y las múltiples afecciones ambientales asociadas al transporte de mercancías, más de 500 camiones diarios según Geoalcali, y las afecciones a los cursos fluviales y acuíferos, incluyendo el embalse de Yesa.

La sentencia del TSJN es la primera en ser dictada con respecto a los tres recursos presentados contra los gobiernos autonómicos de Aragón y Navarra y el Gobierno de España.

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