Pedro Rocha no podrá presentarse a las elecciones

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Madrid, 3 sep (EFE).- Pedro Rocha no podrá presentarse a las elecciones a la presidencia de la Federación Española de Fútbol (RFEF) al denegar el titular del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 2 de la Audiencia Nacional la medida cautelar solicitada por el exmáximo mandatario del roganismo respecto a la sanción de inhabilitación de dos años que le impuso el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), según informó el portal Iusport y confirmó EFE.

De tal manera, tan solo un recurso urgente ante la Audiencia Nacional, si llega a ser estimado, podría permitirle al dirigente extremeño ser candidato a las próximas elecciones que deben ser convocadas este mes, intención que aún no está decidida por parte de sus letrados, según esta fuente.

El pasado 16 de julio, el TAD aceptó parcialmente la propuesta de la instructora, Marina Adela Porta Serrano y decidió la inhabilitación de Rocha por dos años para el desempeño de cargos directivos en federaciones deportivas, circunstancia que se debió al despido de Andreu Camps como secretario general de la RFEF el pasado 20 de septiembre de 2023.

El TAD también le sancionó con una multa económica total de 33.000 euros por otras dos infracciones muy graves (16.527,84 cada una): la rescisión del contrato con el despacho GC Legal de Tomás González Cueto, investigado como Rocha en el procedimiento que sigue el juzgado de Majadahonda por presuntas irregularidades en relación al contrato de la Superocopa de España, y la personación de la RFEF como acusación particular en el caso.

En su recurso, según informa la Audiencia, "Rocha sostenía que si no se suspende la ejecución de la sanción de inhabilitación no podrá presentarse a unas eventuales elecciones como candidato a la Asamblea General de la RFEF y, posteriormente, ser elegido presidente".

"A su juicio, la medida cautelar solicitada es necesaria por cuanto dichas elecciones de se celebrarán en septiembre de 2024 y, para entonces, no habrá una resolución judicial que confirmara o anulara la sanción de inhabilitación, lo que debería llevar a la suspensión cautelar de la sanción para evitar un perjuicio irreparable", añade.

En cambio, según la resolución del juez, “es importante señalar que el demandante no aporta ninguna prueba que respalde esta afirmación. Esta ausencia de prueba no es trivial, ya que convierte su pretensión en una alegación sin respaldo probatorio, en la que se invocan perjuicios de manera genérica y meramente hipotética”.

Como se expone en la resolución, dice el magistrado, "corresponde al demandante probar no solo la existencia de perjuicios, sino también su irreparabilidad y que estos se derivan, precisamente, de la ejecutividad de la resolución recurrida".

“En resumidas cuentas, no hay prueba sobre la realidad de los perjuicios invocados; máxime cuando las elecciones a la Asamblea General de la RFEF aún no se han convocado. Lo anterior implica que no puedan tenerse por ciertos los perjuicios invocados (que son meramente hipotéticos o potenciales) y determina que ni siquiera proceda entrar a valorar su irreparabilidad”, concluye.

Pedro Rocha, expresidente de la Federación Extremeña de Fútbol, fue vicepresidente económico de la RFEF desde 2020 hasta que sustituyó de forma interina a Luis Rubiales como presidente de la comisión gestora en agosto de 2023, cuando este fue suspendido temporalmente por la FIFA, tras su comportamiento en la final del Mundial femenino y el beso no consentido a Jenni Hermoso, por el que va a ser juzgado, además de por coacciones a ésta.

Desde dicha inhabilitación la presidencia de la junta gestora RFEF la asumió la exjugadora y vicepresidenta adjunta, María Ángeles García "Yaye". EFE

sd-jap

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