
El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto que el narcotraficante gallego José Ramón Prado Bugallo, conocido como Sito Miñanco, pueda disfrutar de las recompensas que se le otorgaron en las diferentes prisiones en las que ha estado y que no pudo disfrutar en forma de vis a vis por la pandemia de coronavirus. Así consta en una sentencia del alto tribunal, recogida por Europa Press, en la que si bien abre la puerta a que "pueda o deba concedérsele la posibilidad de sustituir la recompensa por otra a la que por el sistema de puntos ganados alcance", le indica que su petición no es suficiente para que el Supremo fije doctrina sobre la recuperación de derechos de visitas de los internos dado que no hay resoluciones contradictorias al respecto. "Es cierto, como indica el recurrente, que no es equiparable a efectos de recuperación tras la suspensión producida por la pandemia, el derecho de un interno a una visita o comunicación vis a vis ordinaria, la que periódicamente le corresponde, (...) a la que fruto de una recompensa por trabajos realizados se le otorga añadida a las anteriores ordinarias", explica. Y aclara que "parece lógico sostener que las ordinarias que se han suspendido por la imposibilidad de realización en pandemia se pierden, pero que las obtenidas como recompensas no necesariamente deben perderse en la medida (...) en que cabe que sean sustituidas por otro tipo de recompensa de naturaleza diferente". LA PETICIÓN DE SITO La resolución del Supremo explica que en el recurso de Sito Miñanco se recogía que "las recompensas concedidas, y que se concretaron en comunicaciones vis a vis, fueron suspendidas como consecuencia del Covid-19". La defensa apuntaba que el interno formuló recurso ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 4 de Castilla-León y posteriormente en apelación ante la Audiencia Provincial, y que ambos fueron desestimados "por la negativa de la prisión de Palencia a ejecutar una recompensa otorgada en la prisión de Zuera (Zaragoza) en 2020, que el interno en su día canjeó por comunicación extraordinaria vis a vis y que por las restricciones de la crisis sanitaria del Covid fueron suspendidas durante un tiempo". La sentencia del Supremo recuerda que el Centro Penitenciario de Palencia le comunicó que no cabía disfrutar, pese al levantamiento de las restricciones de la pandemia, de los vis a vis anteriores obtenidos como recompensa. Según recoge la resolución, en Palencia se le indicó que esas recompensas obtenidas en la prisión de Zuera "no tenían ya ninguna validez" y no le ofrecieron la posibilidad de canjear las mismas por otras recompensas de distinta naturaleza. VIGILANCIA PENITENCIARIA: NO HAY ARBITRARIEDAD Para la defensa de Sito Miñanco, la prisión de Palencia, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y la Audiencia Provincial "confunden las comunicaciones no celebradas con las recompensas ya obtenidas", pues no se solicitaba la "devolución" de las comunicaciones "perdidas" por las restricciones acordadas por la crisis sanitaria del coronavirus, sino las recompensas que la propia administración penitenciaria le concedió. El Supremo recoge que Vigilancia Penitenciaria le indicó a la defensa que era "imposible dar todas estas comunicaciones perdidas a los internos en el presente" porque existía "una limitación física de salas y días, al igual que un trabajo humano imposible de llevar a efecto". Por eso, en esa instancia ya se indicó que la queja de José Ramón Prado Bugallo debía ser desestimada "debido a la imposibilidad de poder llevar a efecto en este momento las comunicaciones suspendidas como consecuencia de la pandemia" y que esa medida suspensiva era "con carácter general" por lo que no había arbitrariedad. La Audiencia Provincial por su parte explicó que examinado el expediente penitenciario "se constata que la suspensión de comunicación especial al interno apelante, como al resto de internos, estuvo motivada por razones sanitarias y de prevención ante posibles contagios por Covid de los internos". "No queda sino confirmar el auto apelado al no apreciar arbitrariedad", concluía. Cabe recordar que Sito Miñanco será juzgado próximamente en la Audiencia Nacional por narcotráfico y blanqueo de capitales en el marco de la 'operación Mito'. En esa causa también está procesado Gonzalo Boye, quien también es abogado del expresidente catalán Carles Puigdemont.
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