
La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado el intento de un hombre de desalojar a otra persona de una vivienda que compartía con su exesposa, ya que el acuerdo de divorcio había establecido que el uso debía ser exclusivamente para ella y para sus hijos, pero para nadie más.
Según la causa, el hombre y su mujer compraron la vivienda en 2003 y se casaron en 2004. Tras divorciarse, en 2015, una sentencia le otorgó a la mujer el derecho exclusivo de uso de la casa familiar, junto a los hijos menores. Años más tarde, el hombre presentó una demanda de “desahucio por precario” contra la nueva pareja de su exmujer. Esta acción legal se emplea cuando alguien ocupa una propiedad sin pagar ni tener contrato, y el hombre sostenía que la pareja de su exmujer vivía allí desde hacía meses, sin autorización ni abonar suma alguna.
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La demanda se centraba en pruebas aportadas para demostrar que el otro hombre había ocupado la vivienda durante un tiempo considerable. Entre los elementos presentados había informes de un despacho de detectives, cuya legalidad fue avalada porque “no afectan a la intimidad” de los residentes en la casa, según resolvió el juzgado de primera instancia. Sin embargo, la jueza del juzgado número 3 de Majadahonda concluyó que, aunque las pruebas generaban sospechas, no alcanzaban a probar que el hombre residiera en la vivienda sin ningún derecho.
En el recurso presentado ante la Audiencia Provincial, el hombre sumó un dato novedoso al expediente: informó que había denunciado penalmente a su exmujer por supuesto “falso testimonio” al declarar en este mismo proceso. Sin embargo, la sala consideró que esto no configuraba un “hecho nuevo relevante”, sino un alegato de parte sin peso concreto para decidir el caso.
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“Carece de legitimación”
Además, la Audiencia Provincial volvió a fallar en contra de su reclamación. Según los jueces del tribunal de apelación, desde el divorcio, el derecho a usar esa vivienda fue asignado exclusivamente a la mujer y los hijos comunes. Eso significa que, aunque el exmarido sigue siendo copropietario legal del inmueble, no tiene derecho a usar o disponer de la casa hasta que un fallo judicial posterior revoque lo anterior. Por este motivo, el copropietario que fue privado judicialmente del uso “carece de legitimación para instar la recuperación de la posesión”, es decir, no puede pedir el desalojo del otro hombre sin antes lograr que un nuevo juez le devuelva a él el uso de la vivienda.
El tribunal remarcó que intentar recuperar la posesión mediante este tipo de demanda, sin audiencia de la copropietaria y usando un canal judicial inadecuado, configuraba un intento de “fraude procesal”. Por eso, ni siquiera consideraron necesario analizar si las pruebas demostraban la presencia del otro hombre en el domicilio. En definitiva, para poder reclamar el desalojo de terceros, debe despojar antes a la exesposa del derecho a la vivienda, lo que requeriría un nuevo juicio de familia.
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La resolución de la Audiencia Provincial ratifica así el fallo original y establece que el hombre deberá pagar las costas, es decir, todos los gastos legales vinculados a este tramo del proceso. Se le ordena, además, perder el depósito judicial que había abonado para apelar.
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