Apartan de la Armada a un militar tras dar positivo por consumo de cocaína en cuatro controles fuera de servicio

El Tribunal Supremo señala que la reiteración de estos resultados evidencia una conducta incompatible con la permanencia en las Fuerzas Armadas, especialmente por el riesgo que representa para la seguridad del servicio y la disciplina militar

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Efectivos del ejército. (Europa Press/Armada
Efectivos del ejército. (Europa Press/Armada Española)

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de separación del servicio a un cabo primero del Cuerpo General de la Armada, tras quedar acreditado el consumo reiterado de cocaína fuera del servicio durante un periodo de dos años. La resolución judicial, publicada el pasado 18 de diciembre, ratifica la decisión de la Ministra de Defensa, Margarita Robles, y considera que el comportamiento constituye una falta “muy grave” conforme a la Ley Orgánica 8/2014 de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Según los hechos probados, el militar, destinado en la fragata “Canarias”, dio positivo en cuatro controles de drogas realizados entre diciembre de 2022 y septiembre de 2023. La sentencia subraya que la reiteración de estos resultados, todos ellos notificados al interesado, evidencia una conducta incompatible con la permanencia en las Fuerzas Armadas, especialmente por el riesgo que representa para la seguridad del servicio y la disciplina militar.

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha considerado que la sanción de separación del servicio impuesta es proporcionada y está debidamente fundamentada. La resolución destaca que el consumo reiterado de cocaína, una droga catalogada como “dura” y de graves efectos sobre la salud, representa un riesgo inaceptable tanto para el propio militar como para la seguridad y confianza dentro de la unidad.

El fallo recoge que, aunque los informes de conducta iniciales del cabo primero fueron favorables, la valoración más reciente reflejó una tendencia negativa y la persistencia en la negación de los hechos por parte del sancionado. Además, la sentencia señala que el soldado fue apartado de misiones operativas, como la Operación Atalanta, debido a la pérdida de confianza en su desempeño. El tribunal concluye que la gravedad de la conducta y el perjuicio ocasionado al servicio justifican la sanción más grave prevista por la normativa disciplinaria militar.

Alegó que el castigo era desproporcionado

El expediente disciplinario contra este militar comenzó tras la orden del Almirante General Jefe de Estado Mayor de la Armada, emitida el siete de mayo de 2024. La investigación incluyó la práctica de varias diligencias y la recopilación de informes analíticos que confirmaron la presencia de cocaína en cuatro pruebas distintas: dos en diciembre de 2022, una en abril de 2023 y otra en septiembre de ese mismo año. Durante el proceso, el propio militar presentó alegaciones en las que cuestionó la validez del segundo positivo alegando defectos en la notificación y el escaso intervalo entre pruebas, así como la proporcionalidad de la sanción, su historial sin incidencias previas y la supuesta falta de repercusión en sus funciones.

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El recorrido judicial del caso llevó primero a la resolución administrativa de la Ministra de Defensa, quien el 27 de marzo de 2025 impuso la sanción de separación del servicio. Posteriormente, el recurso interpuesto por el cabo primero ante la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo fue examinado en diciembre de 2025. Tras analizar los argumentos y la documentación, el tribunal desestimó el recurso y confirmó la sanción como ajustada a derecho. La sentencia, firme en este ámbito, declara las costas de oficio y cierra la vía ordinaria en la jurisdicción militar, sin que consten nuevos recursos disponibles para el recurrente.