
La sentencia tenía 457 páginas, pero faltaban 23. Un olvido del que se dio cuenta el abogado de uno de los 21 procesados. La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha tenido que dictaminar un nuevo auto para completar la sentencia que dictó el pasado 20 de noviembre condenando a varios empresarios vinculados al Grupo Hafesa, un ‘holding’ de empresas dedicadas a la comercialización de productos petrolíferos al por mayor. Han sido condenados por defraudar unos 154 millones de euros en el impuesto del IVA en los ejercicios 2016 a 2019. Los tres magistrados que juzgaron el caso no pusieron esas páginas relativas al delito de blanqueo de capitales.
“Se ha revisado la misma y se ha comprobado que en el texto final y por error informático no aparece el razonamiento jurídico relativo al delito de blanqueo de capitales. En consecuencia, esta resolución complementará la omisión detectada con el siguiente fundamento jurídico”, señala el nuevo auto fechado el 29 de noviembre. Según ha podido saber este diario, la ponente de la sentencia, la magistrada Francisca María Ramis Roselló, no añadió estas páginas en la primera sentencia tras dejarlas por un despiste en su ordenador.
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En la cúspide del Grupo Hafesa se encuentra Alejandro Hamlyn, un empresario que no compareció en el juicio (donde también estaba procesado), que reside actualmente en Emiratos Árabes, y que saltó el pasado mayo a la primera línea del escenario mediático cuando se hizo pública la reunión que mantuvo por videoconferencia con Leire Díez, la ‘fontanera’ del PSOE, y con el empresario Javier Pérez Dolset. Díez le propuso a Hamlyn supuestos favores de la Fiscalía si facilitaba datos contra mandos de la Guardia Civil y del ministerio público. Esta exmilitante del PSOE está ahora investigada en dos procedimientos distintos que transcurren paralelos. En uno de ellos, por esta reunión con el dueño de Hafesa, se la acusa de delitos de cohecho y tráfico de influencias. El juez instructor les atribuye un “plan delictivo” contra miembros de la UCO y de la Fiscalía Anticorrupción con el objetivo de “anular” y “malbaratar” casos en marcha que “afectan a políticos y empresarios”.

Dos de los condenados están vinculados con el mundo del fútbol. Uno de ellos es Joaquín Parra, expresidente del Club Deportivo Badajoz y que llegó a ser candidato a la alcaldía pacense. La Audiencia Nacional le ha condenado a siete años de prisión y al pago de una multa de más de 15,3 millones de euros por este caso. En los fundamentos jurídicos del delito de blanqueo de capitales olvidados en un primer momento, ahora se explica que Parra, que tenía la operadora Carburantes Nafta, defraudó el IVA y luego canalizó ese dinero a través de otra firma, Serendipity, con la que compró inmuebles y coches. El objeto social de esta última entidad es totalmente ajeno al sector de hidrocarburos, ya que en teoría se dedicaba a la representación y preparación de cantantes bailarinas. Aunque el 90% de sus ingresos provenía de Carburantes Nafta. Su patrimonio pasó de un millón en 2016 a 9 millones en 2019.
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De Murcia a México
Otro de los condenados es Raúl Moro, que fue presidente del Real Murcia entre los años 2016 y 2018. En julio de 2024 fue detenido en Guadalajara (México) e ingresó en prisión provisional tras ser entregado a España. Moro era el administrador de una de las sociedades (Vecasur) que fue utilizada para vender grandes cantidades de gasolina que le proveía Hafesa, bajando su precio por debajo del mercado para su comercialización masiva y sin pagar el IVA generado. De hecho, fue condenado a dos años de cárcel, con la atenuante de su confesión, y a pagar una multa de 4,3 millones de euros. Moro reconoció su participación en los hechos, identificó a algunos de los acusados y facilitó documentación sobre el fraude.
En las páginas de la sentencia olvidada se explica que “Raúl Moro reconoció todas las salidas de fondos hacia empresas que no prestaron servicios a Vecasur, y también la retirada de dinero en efectivo y a la adquisición de bienes. El importe de la cantidad blanqueada asciende a 11.575 312,34 euros”. En total son siete los acusados que participaron en la ocultación “de los fondos provenientes de las cuotas defraudase”. Lo que sí ha permitido a los acusados es ampliar su plazo de recurso, ya que este ha empezado a contar desde que recibieron la notificación de la nueva sentencia con las páginas olvidadas. Algunos abogados consultados han señalado que la sentencia incluye errores jurídicos, ya que a algunos de los acusados se les exige responsabilidad civil sin ser condenador por un delito. “Y si no hay delito no puede haber responsabilidad civil”, explican. Todo se explicará en los recursos.
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