
Un fallo del Tribunal Supremo ha sacado a la luz una práctica laboral que muchas empresas llevan a cabo, y es que pueden despedir sin indemnización a trabajadores utilizando sanciones previas no recurridas como justificación, incluso aunque esas sanciones iniciales solo derivaran en amonestaciones escritas. Así lo ha explicado el abogado laborista Ignacio de la Calzada en un vídeo de TikTok (@laboral_tips), en el que advierte sobre los riesgos para cualquier empleado que ignore este procedimiento disciplinario.
La resolución del alto tribunal fue emitida en junio de 2025, y legitima lo que algunos abogados consideran un “truco” legal. Consiste en que la empresa imponga a un trabajador una sanción por infracciones consideradas muy graves, pero opte primero por un castigo leve: una amonestación por escrito y sin recorte salarial. Como señala Ignacio de la Calzada, “lo pueden hacer y es ponerte sanciones hasta despedirte”, ya que estos avisos, si no son impugnados por el afectado a tiempo, van conformando un historial disciplinario.
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“La primera te la comes porque no recurres. Y la segunda, posiblemente también”
“Si a ti no te tocan el bolsillo, tú no reclamas”, explica de la Calzada en su explicación. El especialista relata cómo funciona el mecanismo: cuando se comete una infracción grave, la empresa cumple la formalidad de una carta de sanción, describe los hechos y opta frecuentemente por una suspensión de empleo y sueldo. Sin embargo, en el patrón que ahora valida el Supremo, la sanción inicial solo implica una advertencia escrita.
Este procedimiento, según el abogado, ha pasado de ser una práctica aislada a una “estrategia” reconocida por la jurisprudencia del Supremo. “La primera te la comes porque no recurres. Y la segunda, posiblemente también”, afirma de la Calzada, señalando que esa pasividad juega en contra del trabajador. Lo que parece una simple advertencia administrativa se convierte, con el tiempo, en un antecedente disciplinario que puede justificar un despido sin derecho a indemnización.
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En la visión del experto, este proceso puede consumarse en tres pasos: tras la primera amonestación por una supuesta infracción grave, llega una segunda sanción por otro incidente. Si el empleado tampoco la recurre, la empresa ya dispone de dos antecedentes firmes en su expediente. “A la tercera, y a lo mejor has cometido algún tipo de infracción que no es tan grave, y en este caso a lo mejor es más cierta, te despiden en base a dos antecedentes y a ese último hecho”, advierte el abogado.
“Recúrrelo todo, porque si no, te puede salir muy caro”
El Supremo respalda la validez de las sanciones firmes, aunque sean solo amonestaciones, para eventualmente decretar un despido disciplinario por acumulación de antecedentes. El abogado subraya que, al consultar a los afectados, muchos reconocen que las primeras sanciones no eran ciertas, pero no las reclamaron: “Yo te pregunto: ‘¿Las reclamaste?’ Y me dices: ‘No’. Entonces yo no puedo discutir las sanciones anteriores y posiblemente ese despido que te han aplicado utilizando un antecedente que no has reclamado y encima con unos hechos que pueden ser ciertos, pues el despido puede ser que sea procedente, con lo que te quedarás a cero euros”.
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Esta jurisprudencia implica que un trabajador podría ser despedido sin derecho a indemnización, aunque solo haya recibido advertencias escritas, y siempre que no las haya impugnado. De la Calzada pone como ejemplo un escenario habitual: pequeños retrasos acumulados en la llegada al trabajo, sumados a dos sanciones muy graves previas no contestadas. La empresa puede, bajo este marco legal, prescindir del empleado alegando antecedentes, sin mayor coste. “Llegas tarde a unos cuantos días y se suman dos infracciones muy graves que ya tienes puestas y que no recurriste, pues despido cero”, agrega el abogado.

La recomendación del letrado, insistente en varios pasajes de su análisis, es clara: “Todas las sanciones que te impongan y sobre todo si no son ciertas, recúrrelas, porque si no quedan firmes. Es decir, ya no se pueden discutir después y te pueden llegar a despedir sin indemnización”. Según lo constatado por Infobae, otros expertos en Derecho Laboral consideran crucial que los trabajadores se mantengan atentos a cualquier reprimenda, aunque en lo inmediato no afecte su salario o puesto.
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El fallo del Tribunal Supremo citado por de la Calzada no introduce un nuevo precepto legal, pero consolida una interpretación que incrementa el poder disciplinario de las empresas y exige a los trabajadores una vigilancia permanente de su expediente laboral. Desde el entorno de juristas como de la Calzada, el mensaje es tajante: “Recúrrelo todo, porque si no, te puede salir muy caro”.
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