
España sigue inmersa en uno de los peores periodos de su historia reciente en cuanto a incendios forestales, con más de 350.000 hectáreas arrasadas por el fuego en lo que va del año. Este devastador balance ha superado ampliamente los registros de años anteriores y obligado a la Dirección General de Tráfico (DGT) a tomar medidas extraordinarias, como la restricción de la circulación en numerosos puntos de la red viaria nacional.
La DGT, como ente responsable de la seguridad vial, ha intensificado sus mensajes y campañas para concienciar a los conductores sobre los riesgos asociados a los incendios durante los desplazamientos, especialmente en periodos de máxima movilidad estival. Estas acciones buscan minimizar el peligro tanto para las personas que circulan por las carreteras como para los equipos de emergencia y prevención desplegados en el terreno.
Así, al circular y encontrarse con un incendio forestal en una vía, la DGT difunde una instrucción fundamental: nunca se debe intentar atravesar una zona afectada por el fuego. El humo denso generado por el incendio disminuye la visibilidad y puede provocar una grave desorientación, capaz de desencadenar accidentes, atropellos o dejar atrapados a los conductores entre varios frentes de las llamas.
Las fuerzas de seguridad, especialmente la Guardia Civil de Tráfico, suelen ejecutar cortes preventivos en los tramos afectados para garantizar la seguridad general y priorizar la rápida actuación de los medios aéreos y terrestres de extinción. Ante la presencia de un control de este tipo, la recomendación es mantener la calma, seguir las directrices de los agentes y no intentar utilizar accesos secundarios o atajos no autorizados, que pueden implicar peligros adicionales.
Para quienes estén planificando un trayecto, la consulta previa del estado de las carreteras, a través de los canales oficiales de la DGT y medios de comunicación, es una medida preventiva que genera un margen de seguridad adicional, tanto para el conductor como para sus acompañantes.
Regulación y pautas de la DGT
Llevar extintores en el coche representa una de las consultas recurrentes tras noticias de grandes incendios. Para turismos particulares, la ley no impone la obligación de llevar un extintor a bordo. Sin embargo, la DGT considera altamente recomendable disponer de uno homologado, sobre todo para quienes suelen transitar por territorios rurales, forestales o de alto riesgo durante la temporada estival.
El marco legal contenido en el Reglamento General de Vehículos establece que los autobuses, vehículos mixtos y automóviles dedicados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg deben contar con un equipo de extinción en correcto estado de funcionamiento. Del mismo modo, los conjuntos de vehículos no especiales están sujetos al mismo requerimiento. La omisión de este equipamiento puede conllevar sanciones de hasta 200 euros.
Disponer de un extintor puede marcar la diferencia en casos de ignición en el propio vehículo o en situaciones donde una intervención rápida ayude a evitar que un pequeño incendio se convierta en una catástrofe. La DGT subraya que, al margen de la legislación, la principal prioridad debe ser siempre evitar riesgos mayores y nunca exponer la integridad por intentar sofocar por sí mismo fuegos de gran magnitud.
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