
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado este martes ocho instrucciones relativas a las autorizaciones de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnado, servicios de voluntariado o actividades formativas previstas en el nuevo Reglamento de Extranjería (RLOEX), en vigor desde el 20 de mayo.
Según el departamento de Elma Saiz, las oficinas de extranjería ya tienen en su posesión las instrucciones para su aplicación. A través de la Secretaría de Estado de Migraciones, estas directrices han sido dictadas en aras de “garantizar una comprensión y aplicación uniforme de esta figura y otorgar la mayor seguridad jurídica a las personas solicitantes de esta autorización”.
El ministerio recuerda que en el caso de las autorizaciones en vigor concedidas en base al anterior Reglamento de Extranjería, los estudiantes podrán solicitar las prórrogas previstas en la nueva ley, con independencia de las que hayan solicitado anteriormente y siempre que la autorización tenga cabida dentro del RLOEX.
“Si la situación no tiene encaje en ninguno de los supuestos del nuevo reglamento, el estudiante podrá solicitar una única prórroga por la duración de lo que reste para la finalización de sus estudios, con el límite de dicha prórroga en un año. Por otro lado, se establece un régimen transitorio para las personas que estén finalizando su formación y que con el anterior Reglamento hubieran podido optar a una autorización de residencia y trabajo".
Novedades en la acreditación de la matriculación
Una de las novedades tiene que ver con el abono de la matrícula. Hasta ahora, para la autorización de estancia de larga duración por estudios se requiere que la persona haya abonado los derechos de matrícula de sus estudios, pero este requisito ha ocasionado una colisión con los plazos establecidos en el procedimiento o en aquellos casos en los que el abono se realiza en un centro de origen, ya que la matrícula debe pagarse en una fecha muy próxima al comienzo de los estudios.
De esta manera, este trámite podrá darse por cumplido con una declaración responsable, cuando los plazos no puedan cumplirse siempre y cuando se acredite esta situación. El órgano competente podrá verificar, posteriormente, que la persona titular ha efectuado el pago.
Por otro lado, la autorización para estancias inferiores a seis meses concede a la persona extranjera un mes previo a la duración de sus estudios o actividades y medio mes adicional posterior a la finalización de estos, con el objetivo de facilitar la instalación inicial en nuestro país y evitar la terminación de forma abrupta dicha estancia.
Sin embargo, para facilitar la estancia en España de aquellos estudiantes que, para estancias inferiores a seis meses, podrán solicitar que no se les tenga en cuenta ese tiempo, según este departamento. Es decir, “podrán obtener la autorización por la duración de los estudios o formación sin contabilizar ese mes y medio, ya que exceder la estancia de seis meses implica otros requerimientos, como la aportación de antecedentes penales".
En el marco de las nuevas instrucciones, el ministerio resuelve la inclusión de estudios idiomáticos impartidos por Universidades como estudios superiores y la concesión simultánea de las autorizaciones del titular y del familiar, tanto si se solicita desde España o ante la oficina consular.
Acceso rápido a estudiantes extranjeros afectados por restricciones en EEUU
Por otro lado, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes el programa EduBridge to Spain, una vía rápida de acceso al sistema universitario español dirigido a estudiantes extranjeros afectados por las recientes restricciones migratorias impuestas en Estados Unidos.
El plan, definido como un fast track académico, contempla “itinerarios ágiles” para estudiantes internacionales en diferentes etapas educativas: bachilleres o cursos previos que pasarán a la Universidad; estudiantes que se encuentren en mitad de grado (con uno o varios cursos ya realizados); y personas que hayan finalizado el grado y que quieran realizar un máster en una universidad.
“Para todos los casos, tanto estudios universitarios como no universitarios, el procedimiento consistiría en la obtención de la inscripción en el centro; la solicitud de la autorización de estancia por estudios -permite tanto la residencia como la compatibilidad de trabajar a tiempo parcial con los estudios, por un período superior a 90 días, y podrá tramitarse a través de la red consular-; la obtención del visado; el traslado a España; y, por último, en su caso, la obtención de la TIE [Tarjeta de Identidad de Extranjero]”.
Según el ministerio, las oficinas consulares de España en EEUU agilizarán los trámites dirigidos a resolver los visados, y las delegaciones y subdelegaciones de Gobierno, en el caso de estudiantes, y la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE), en el de profesorado e investigadores, harán lo propio con la tramitación de las autorizaciones correspondientes. Además, las comisarías de Policía facilitarán las solicitudes de expedición de las TIE de los estudiantes, profesores e investigadores.
Una vez aprobada la medida por el Consejo de Ministros, el Ejecutivo pondrá en marcha una campaña internacional de “información y orientación” dirigida a estudiantes interesados, que se articulará principalmente a través de embajadas y consulados, así como de la Consejería de Educación en Estados Unidos y de las diferentes universidades públicas con acuerdos con universidades estadounidenses. El objetivo es “canalizar el interés de forma ordenada, ofrecer seguridad jurídica y acompañar a los jóvenes desde el inicio de su proceso de traslado”, agregan desde el ministerio en una nota de prensa.
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