
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto a la compañía Airbnb el bloqueo de más de 65.000 anuncios de viviendas turísticas por no cumplir con la normativa vigente. La Dirección General de Consumo ha identificado que estos anuncios violan las leyes de varias comunidades autónomas al no incluir el número de licencia obligatorio, no especificar si los arrendadores son profesionales o particulares, y utilizar números de licencia incorrectos.
En los últimos meses, el departamento que lidera Pablo Bustinduy ha remitido a Airbnb hasta tres resoluciones en las que se notificaron esos más de 65.000 anuncios ilegales de viviendas turísticas detectados en su plataforma, resoluciones en las que se instaba a la multinacional a bloquear esta publicidad. Airbnb, por su parte, recurrió esta acción ante la Justicia para evitar el bloqueo y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha respaldado la primera resolución del ministerio, ordenando la eliminación de 5.800 anuncios.
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Según indica este lunes el ministerio en un comunicado, los anuncios sobre los que se ha pronunciado el tribunal afectan a la publicidad de viviendas turísticas que se encuentran en las comunidades de Andalucía, Comunidad de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana, Islas Baleares y País Vasco.
En ese sentido, el ministro ha reiterado su objetivo de colaborar con las administraciones públicas competentes para “acabar con el descontrol y la ilegalidad generalizada de alojamientos turísticos, así como para favorecer el acceso a la vivienda y blindar los derechos de los consumidores”. Por ello, Consumo asegura estar trabajando en actuaciones complementarias a las que puedan desarrollar otras autoridades.
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Qué incumplen
Las principales razones por las que Airbnb estaría incumpliendo la ley, aclara el ministerio, se deben a que los anuncios no incluyen el número de licencia o registro, lo cual es obligatorio en varias normativas autonómicas y “supone la infracción más común en la publicidad analizada”. Los anuncios tampoco indican la naturaleza jurídica de los arrendadores, de forma que se desconoce si son profesionales o particulares, una cuestión clave para saber si quien contrata está protegido como consumidor o no, asegura el departamento de Bustinduy.
Los anuncios, además, incorporan números de licencia que no corresponden a los expedidos por las autoridades, y por tanto puede inducir a error o a engaño.
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Otros expedientes sancionadores
Cabe también recordar que la Dirección General de Consumo ya abrió un expediente sancionador en diciembre de 2024 a una plataforma de alquiler de vivienda turística por un potencial incumplimiento de la normativa sobre la publicidad del número de licencia, mientras que en febrero de este año abrió expedientes sancionadores a grandes gestoras de pisos turísticos por no indicar correctamente la naturaleza jurídica del arrendador. Se trata de expedientes que siguen su curso con independencia de las medidas ahora anunciadas.
Además, el pasado 27 de marzo el ministerio también abrió un expediente sancionador a la inmobiliaria Alquiler Seguro por prácticas abusivas contra inquilinos.
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