
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Navarra ha ratificado la decisión de la Audiencia Provincial adoptada el pasado febrero por el que se rebajaba la condena de 15 a 14 años de cárcel a José Ángel Prenda Martínez y Jesús Escudero Domínguez, dos de los cinco miembros de La Manada acusados de violación grupal en los Sanfermines de 2016.
La decisión, basada en la ley del solo sí es sí (Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual), sigue los criterios establecidos previamente por el Tribunal Supremo, que en julio de 2024 también confirmó una rebaja similar para otro de los condenados, Ángel Boza, argumentando que la nueva ley había disminuido el mínimo de la pena aplicable.
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De esta manera, gracias la Ley Orgánica 10/2022, la pena máxima para este tipo de delitos se redujo en 1 año y 3 meses. En este contexto, las condenas originales de 15 años impuestas a los miembros de La Manada quedaron dos años por encima del nuevo mínimo posible, a pesar de la acusación particular y las acciones populares.

Precedentes del caso y otra pena rebajada en 2023
El Tribunal Supremo, en su sentencia de julio de 2024, estableció una doctrina clave para la revisión de estas condenas.
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En ese fallo, el Supremo señaló que las penas impuestas bajo el marco normativo anterior no podían mantenerse en los mismos términos tras la entrada en vigor de la nueva ley, dado que esta había reducido sensiblemente los mínimos legales. Según el Supremo, las penas debían ajustarse a una cuantía “próxima o cercana” al nuevo mínimo establecido.
Siguiendo esta línea, el TSJ de Navarra ya había rebajado en septiembre de 2023 la condena de Ángel Boza, decisión que fue posteriormente ratificada por el Supremo. En el caso de Prenda y Escudero, el tribunal navarro ha reproducido los mismos argumentos, subrayando que no existe razón alguna para modificar el criterio aplicado previamente.
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La Sala de lo Civil y Penal destacó que la corrección de las penas es una operación jurídica obligada por la nueva normativa y por la doctrina del Supremo.
No obstante, cabe destacar que estas resoluciones no son definitivas. Según ha informado el tribunal, las partes afectadas (Gobierno de Navarra y Ayuntamiento de Pamplona) tienen la posibilidad de recurrir nuevamente ante el Tribunal Supremo.
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El caso de La Manada
La Manada es un grupo de cinco hombres que fueron condenados por la violación en grupo de una joven de 18 años durante las Fiestas de San Fermín, la madrugada del 7 de julio de 2016.
La víctima fue agredida por los cinco en uno de los portales de la ciudad, cuando se encontraba bajo los efectos del alcohol y sin capacidad para defenderse. Además, los agresores grabaron el ataque con sus teléfonos móviles y luego los compartieron los vídeos entre ellos.
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En noviembre de 2017, la Audiencia Provincial de Navarra condenó a los cinco acusados a 9 años de prisión por abuso sexual, no por violación, ya que el tribunal consideró que no hubo violencia física, directa ni intimidación.
Debido a las presiones sociales y mediáticas, el Tribunal Supremo revisó el caso en 2018 y, en su resolución, calificó los hechos como una violación en grupo, incrementando la condena a 15 años de prisión por agresión sexual.
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No obstante, en 2022, España aprobó una reforma de la ley de libertad sexual, introduciendo la noción del consentimiento explícito en las relaciones sexuales, derogando la distinción entre abuso y violación.
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