
La Fiscalía Provincial de Barcelona ha anunciado que presentará un recurso contra la sentencia absolutoria del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a Dani Alves por el delito de agresión sexual. El escrito se fundamentará en una infracción de precepto constitucional y en una infracción de ley, según ha confirmado Infobae España.
El pasado 28 de marzo, la Sección de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revocó por unanimidad la sentencia que condenaba al exfutbolista del FC Barcelona, Dani Alves, a 4 años y 6 meses de prisión por la agresión sexual a una joven ocurrida en la discoteca Sutton en diciembre de 2022.
El tribunal estimó el recurso presentado por la defensa de Alves y desestimó los recursos de la Fiscalía, que solicitaba la nulidad parcial de la sentencia y el aumento de la pena a 9 años de prisión, así como el de la acusación particular, que pedía elevarla a 12 años.
“Inconsistencias y contradicciones”
Según el fallo, la decisión se basa en “vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos”, además de la falta de fiabilidad del testimonio de la denunciante en relación con la parte de los hechos que podrían ser objetivamente verificados a través de una grabación de vídeo del local. Ante estas “insuficiencias probatorias”, el tribunal revocó la sentencia condenatoria, declaró la absolución de Alves y dejó sin efecto las medidas cautelares impuestas.
La defensa del exfutbolista celebró la resolución con Inés Guardiola, su abogada, expresando ante los micrófonos de RAC-1: “Estoy al lado de Dani Alves. Por fin se ha hecho justicia. Es inocente. Se acaba de demostrar. Estoy muy emocionada y contenta”.
La cronología de los hechos
Según la versión de la denunciante, el 30 de diciembre de 2022, Dani Alves, exjugador de fútbol, la agredió sexualmente en el baño privado de la discoteca Sutton en Barcelona. Según su relato, el futbolista mantuvo relaciones sexuales completas sin su consentimiento. Tras la acusación, Alves pasó más de un año en prisión provisional, aunque fue liberado después de abonar una fianza de un millón de euros.
El 22 de febrero de 2024, la Sección 21ª de la Audiencia de Barcelona condenó a Dani Alves, considerando probado que el futbolista había cogido bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo, la inmovilizó y la penetró vaginalmente, a pesar de que ella decía “no” y manifestaba su deseo de irse.
Sin embargo, un año después, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha revocado la sentencia, indicando que el relato de la víctima contenía un “desajuste”. La denunciante había afirmado que Alves la había llevado al baño, pero las imágenes de las cámaras de seguridad mostraban una secuencia en la que el magistrado de la Audiencia deducía un “acuerdo previo” entre ambos para ir al baño, uno tras otro. Esta contradicción en el testimonio de la denunciante fue considerada por el TSJC como una falta de fiabilidad en su declaración.
A pesar de esta discrepancia, la sentencia condenatoria inicialmente no consideró que afectara al núcleo esencial del caso: la penetración vaginal no consentida. El tribunal que ha absuelto a Dani Alves también observó otras inconsistencias en el relato, como la relación entre una herida en la rodilla de la víctima y el hecho de la penetración no consentida, y un posible incidente de felación que no se dio por probado. La Sección de Apelaciones destacó que este tipo de agresión podría haberse producido de diversas maneras, dada la naturaleza del espacio pequeño en el que ocurrió el hecho, como reconocen los forenses y profesionales.
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