
Según ha informado La Voz de Galicia, el abogado Pablo Costa Vázquez, con despachos en Viveiro y Lugo, ha liderado cientos de reclamaciones de personas que firmaron hipotecas antes del año 2019, y que, aparentemente, pagaron gastos que no les correspondía y que únicamente beneficiaban a las entidades bancarias.
Estos incluyen el 50% de los gastos de notaría y la totalidad de los costes relacionados con la gestoría, el registro de la propiedad y la tasación. Esto ha sido calificado como una práctica abusiva, lo que ha permitido a los consumidores reclamar la devolución de estas cantidades.
Pablo Costa, quien lleva años especializado en este tipo de casos, explicó que incluso las hipotecas ya canceladas pueden ser objeto de reclamación. Según detalló el abogado, los afectados pueden recuperar entre 1.000 y 1.500 euros de media, aunque en algunos casos la cantidad puede llegar hasta los 2.000 euros, dependiendo del precio de la hipoteca. Asegura que ha logrado resultados favorables en el 99,9% de los casos.
Una sentencia clave y el impacto en las reclamaciones
Resulta que el proceso de reclamación que emprenden desde hace años muchos afectados, se ha visto respaldado por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitida el pasado 2024. Esta decisión, posteriormente adoptada por el Tribunal Supremo, establece que la nulidad de las cláusulas abusivas es imprescriptible.
Y esto significa que el plazo de cinco años para reclamar comienza a contar únicamente desde el momento en que un juez declara la nulidad de la cláusula. Según Costa esta interpretación es crucial, ya que el cliente no sabe que la cláusula es abusiva hasta que un juez lo declara.
El abogado también ha destacado que ha gestionado reclamaciones de hipotecas firmadas en pesetas, lo que evidencia que incluso tratándose de contratos de crédito muy antiguos, se pueden revisar bajo esta normativa. Sin embargo, señaló que el Juzgado de Viveiro enfrenta una elevada carga de trabajo, lo que ralentiza los procedimientos judiciales, a pesar del esfuerzo de los funcionarios.
Eso sí, la normativa que regula los créditos inmobiliarios cambió en 2019, introduciendo mayores protecciones para los consumidores. De ahí que se hable específicamente de esa fecha. Sin embargo, todos los contratos firmados antes de esa fecha son susceptibles de reclamación, ya que, según la normativa europea, los bancos imponían gastos que no correspondían a los clientes. Esto incluye tanto hipotecas en vigor como aquellas que ya han sido canceladas.

¿Qué es necesario para iniciar el procedimiento?
El proceso para iniciar una reclamación es relativamente sencillo. Según ha explicado Pablo Costa Vázquez, los consumidores deben presentar una copia de la hipoteca y las facturas correspondientes a los gastos de notaría, registro de la propiedad, tasación y gestoría.
El abogado ha subrayado, además, que su servicio es completamente gratuito para los consumidores. En una primera instancia, se presenta una reclamación al banco, y en algunos casos, las entidades financieras acceden a devolver el dinero sin necesidad de acudir a los tribunales. Sin embargo, en el 80% de los casos, las reclamaciones terminan en la vía judicial.
Costa aseguró, por otra parte, que los clientes no deben asumir ningún coste en este proceso, ya que, en la mayoría de los casos, los bancos pierden y son condenados a pagar las costas del juicio. Estas costas cubren los honorarios de abogado y procurador, además de incluir los intereses correspondientes a la cantidad reclamada.
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