
La magistrada Nuria Ruiz Tobarra, encargada de investigar los 227 fallecimientos tras la Dana del 29 de octubre, ha decidido convocar a declarar a Salomé Pradas y Emilio Argüeso, consellera de Justicia e Interior y secretario autonómico de Emergencias, respectivamente, según ha informado el TSJCV a las partes involucradas.
En la misma resolución, la jueza ha decidido no imputar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, ni a otros representantes de este organismo de cuenca. Asimismo, ha desestimado citar al director general de Emergencias, Alberto Javier Martín Moratillos, y a otros técnicos del Cecopi (Centro de Coordinación Operativo Integrado).
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En la resolución notificada este lunes, la magistrada ha elevado a 225 el número de víctimas mortales vinculadas al caso, además de incluir a tres personas desaparecidas. Entre las víctimas se encuentra una mujer que padecía leucemia y que falleció en el Hospital de La Fe el 12 de noviembre del año pasado, tras quedar sin acceso a transfusiones de sangre y asistencia respiratoria con oxígeno durante la emergencia.
La juez ha señalado que el aviso a la población mediante el sistema EsAlert, emitido a las 20:11 horas del 29 de octubre, fue “tardío y erróneo”. Además, subrayó que la Dana no fue un fenómeno meteorológico inesperado, ya que su desarrollo había sido advertido previamente por la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet). Incluso, instituciones como la Universitat de València habían suspendido sus actividades en previsión de los efectos del temporal.
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Retrasos en la coordinación y comunicación de emergencias
De acuerdo con el auto judicial, la convocatoria del Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi) se realizó a las 17:00 horas del 29 de octubre, lo que la magistrada calificó como una “gran demora”. Además, destacó que las decisiones para alertar a la población se tomaron aún más tarde, a pesar de la información disponible sobre la gravedad de la situación.
La juez explicó que el Cecopi es un órgano de coordinación entre administraciones en materia de emergencias, pero aclaró que esto no exime a las autoridades autonómicas de su responsabilidad en la comunicación de medidas de protección civil. Según el auto, la información sobre la alerta meteorológica fue ampliamente difundida a lo largo del día por medios como la televisión autonómica À Punt, que realizó conexiones en directo desde localidades afectadas como Chiva y Utiel, donde se reportaron desbordamientos del barranco del Gallo y del río Magro, respectivamente.
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La instructora afirmó que el problema no radicó en la falta de información, sino en la respuesta de las autoridades. Según el documento, “o bien se ignoró la información, no se comprendió su alcance o no se tomaron las decisiones pertinentes por parte de quienes tenían el poder de decisión”.
Investigación centrada en dos exresponsables autonómicos
La magistrada considera necesario tomar declaración a Salomé Pradas y Emilio Argüeso debido a sus roles clave en la gestión de emergencias. En el caso de la exconsellera, se le atribuye la máxima autoridad en la adopción de medidas de autoprotección para la población. Por su parte, el exsecretario autonómico será interrogado por su relevancia orgánica y capacidad decisoria dentro del departamento.
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La juez ha admitido la querella presentada por la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud contra ambos exresponsables, pero ha rechazado las acciones legales dirigidas contra otros funcionarios, como el director general de Emergencias, una jefa de servicio, el subdirector de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) y el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ). Según el auto, no existen indicios suficientes para proceder contra ellos.
Asimismo, la magistrada desestimó una querella presentada por la entidad Hazte Oír contra el presidente de la CHJ y otros cuatro cargos del organismo, argumentando la falta de pruebas que los vinculen con los hechos investigados.
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Mazón queda fuera de la investigación
En un segundo auto, la juez rechazó la solicitud de la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud y otras acusaciones particulares para que el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, declarara como testigo o investigado. Sin embargo, dejó abierta la posibilidad de que Mazón solicite voluntariamente su comparecencia.

A pesar de esta decisión, la magistrada ha comunicado al presidente, quien cuenta con la condición de aforado, la resolución judicial para que tenga conocimiento de las actuaciones y pueda decidir si desea personarse en el procedimiento, conforme al artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
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