
Existen ocasiones en las que uno se encuentra en situación de desempleo y desconoce algunas informaciones al respecto. ¿Cotiza el subsidio para la jubilación? ¿Cómo afecta el paro a la pensión del futuro? Surgen diferentes dudas que es mejor resolver para así poder actuar en consecuencia.
El Ministerio de Seguridad Social indica que, todos aquellos que reciban una prestación por desempleo, siguen contando para el Estado. Desde la institución señalan que “el Servicio Público de Empleo Estatal se encarga de ingresar las cotizaciones por esta contingencia” durante ese período de tiempo en el que se está en el paro, cuando normalmente corre a cargo de la empresa. Sin embargo, únicamente sirven para la jubilación estos subsidios si se dan dos casos concretos.
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¿Sirve la prestación por desempleo para la jubilación?
Esta puede ser una duda frecuente, ya que es importante cotizar para conseguir una pensión una vez se alcance la edad o los requisitos necesarios. La Seguridad Social estipula que solo “cotizan por jubilación” los subsidios percibidos por personas mayores de 52 años. El Ministerio señala que “la base de cotización por jubilación, en este caso, es el 125% del tope mínimo vigente en cada momento".

Por otro lado, también indica que la cotización por jubilación afecta a todos los trabajadores fijos discontinuos “cuyo hecho causante haya tenido lugar antes del dos de marzo de 2022 y que acrediten 180 días o más de cotización”. En este caso, exclusivamente se cotizan por jubilación los 60 primeros días y “la base será el tope mínimo”. En ambos casos, este mínimo es diferente, ya que depende del grupo dentro de las categorías profesionales, que son 11.
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Cuándo es posible acceder a una pensión
Desde la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones se establece que, por regla general, para acceder a una pensión por jubilación es necesario cotizar mínimo 15 años (5.475 días). De estos, es importante que “al menos dos estén comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho”. En este caso, los trabajadores recibirán exclusivamente el 50% de su base reguladora.

Además de esto, la edad es otro de los factores a tener en cuenta, ya que se va retrasando paulatinamente. Desde 2023, “está fijada en 65 años con un período de cotización de 37 años y 9 meses o más. Si ese período es menor, en 66 años y 4 meses”, según señala el Ministerio de Seguridad Social.
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Sin embargo, existe la opción de la jubilación anticipada, que es voluntaria. “Se puede solicitar a partir de que falten dos años para llegar a la edad ordinaria de jubilación y se podrá acceder con un período mínimo de cotización de 35 años”. En cambio, si se opta por esta opción de forma involuntaria, “se podrá acceder a ella hasta con 4 años de anticipo de la edad ordinaria de jubilación y se exige un período mínimo cotizado de 33 años". Cabe resaltar que, en ambas ocasiones, “se aplica un coeficiente reductor que penaliza la cantidad final que se recibirá en la pensión”. Es por ello que se recomienda esperar a la edad o los requisitos necesario y, así, que no se vea afectada la cantidad que recibirás cada mes.
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