
Este 2025 ha traído novedades en lo que a precios del alquiler se refiere. Una de ellas es la que concierne al nuevo índice de actualización de precios, el IRAV (Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda). Se trata de un mecanismo diseñado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) con el que se regula las actualizaciones anuales de los alquileres en un entorno de inflación, fijando un tope razonable para los incrementos.
Solo afecta a los contratos firmados después del 24 de mayo de 2023 -momento en el que entró en vigor la Ley 12/2023, que contempla la medida- y para que se haga efectiva, es fundamental que exista una cláusula expresa en el contrato que contemple las subidas anuales.
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Cómo calcular la subida del alquiler
El IRAV es un coeficiente aplicable a la renta basado en la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual del IPC subyacente y la tasa media ajustada. El INE lo situó el pasado mes de noviembre en el 2,2% -después de conocer que la inflación se situaba en el 2,8% interanual-. Por lo tanto, los propietarios solo podrán incrementar las rentas de estos contratos hasta ese porcentaje.
Esto quiere decir que si el alquiler que se pagaba en 2024 era de 1.000 euros, este 2025 se tendrán que pagar 1.022 euros (22 euros más al mes). Sin embargo, hay que tener en cuenta que la subida solo puede hacerse efectiva al cumplirse el aniversario del contrato, por lo que si el contrato comenzó en mayo, el casero deberá esperar hasta mayo de este año para actualizar la renta.
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El Gobierno habilita una página web para calcular la subida
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha puesto a disposición de los ciudadanos un espacio web para ofrecer transparencia en la actualización de la renta máxima que corresponde a los contratos de alquiler, conforme a la legislación vigente.
Para calcular cuál es la subida máxima que el propietario puede aplicar sobre el contrato de manera legal habrá que acceder a la siguiente página web: https://www.mivau.gob.es/vivienda/calculadora-precio-alquiler. Una vez dentro se deberá especificar el tipo de contrato que se tiene según la fecha de firma, así como introducir el precio de la renta que se paga actualmente y pulsar ‘Calcula Subida Máxima’ para obtener los resultados.
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¿A qué contratos se aplica el IRAV?
El IRAV es obligatorio para los contratos de alquiler que cumplan los siguientes requisitos:
- Contratos firmados a partir del 25 de mayo de 2023: La Ley 12/2023, de Vivienda, establece que el nuevo índice se aplica exclusivamente a los contratos de arrendamiento firmados desde su entrada en vigor, el 25 de mayo de 2023. Estos contratos deberán incluir una cláusula específica que contemple la actualización de renta en función del IRAV.
- Contratos con cláusula de actualización de renta: Para que el propietario pueda aplicar el IRAV, el contrato debe incluir una cláusula de actualización. En ausencia de esta disposición, la renta no podrá ser revisada durante la vigencia del contrato, salvo acuerdo mutuo entre las partes.
- Aplicación anual: El índice se utiliza para actualizar las rentas al cumplirse cada anualidad del contrato. Por ejemplo, si un contrato se firmó en julio de 2024, su primera actualización con el IRAV será en julio de 2025, utilizando el valor publicado en junio de ese año.
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