Una abogada aclara si se puede cambiar la cerradura a un inquilino que no paga el alquiler: “Tiene una consecuencia penal”

En un reciente video publicado en TikTok, una abogada del despacho Castillo Castrillón explicó las consecuencias legales que puede enfrentar un propietario si decide cambiar la cerradura

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Una abogada del despacho Castillo
Una abogada del despacho Castillo Castrillón (@castillocastrillon en TikTok)

El conflicto entre propietarios e inquilinos en casos de impago de alquiler es una situación delicada que, lamentablemente, no es rara en el ámbito inmobiliario. En un reciente video publicado en TikTok, una abogada del despacho Castillo Castrillón Abogados (@castillocastrillon) explicó las graves consecuencias legales que puede enfrentar un propietario si decide cambiar la cerradura de un piso alquilado sin seguir el procedimiento adecuado. Según la experta, realizar este acto constituye un delito de coacciones, tipificado en el Código Penal español, y puede acarrear sanciones severas que incluyen penas de prisión de entre 6 meses y 3 años.

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Cuando un propietario alquila su vivienda, cede el uso y disfrute del inmueble al inquilino durante el tiempo que estipula el contrato. Aunque el propietario conserva la titularidad de la vivienda, no puede tomar medidas unilaterales para recuperar la posesión del inmueble, incluso en casos de impago del alquiler. Cambiar la cerradura, negar el acceso al inquilino o tomar cualquier medida que limite su derecho a usar la vivienda sin un procedimiento judicial constituye una forma de coacción. En términos legales, se trata de un acto que impone de manera ilícita la voluntad del propietario sobre el inquilino, vulnerando su derecho a la posesión legal del inmueble mientras dure el contrato.

Consecuencias legales para el propietario

La abogada de Castillo Castrillón enfatizó que este tipo de acciones tienen consecuencias penales. El Código Penal, en su artículo 172, define el delito de coacciones como el acto de impedir a otra persona, con violencia o intimidación, el ejercicio legítimo de un derecho. Cambiar la cerradura de una vivienda sin autorización judicial encaja perfectamente en esta definición.

Las penas para este delito pueden incluir:

  • Prisión de 6 meses a 3 años: Dependiendo de la gravedad del caso y las circunstancias, el juez puede imponer penas privativas de libertad dentro de este rango.
  • Multas económicas: Aunque no siempre es el caso, el propietario también puede enfrentar sanciones económicas, dependiendo de la magnitud de la acción.
  • Indemnización al inquilino: Además de las sanciones penales, el propietario podría verse obligado a compensar al inquilino por los daños y perjuicios ocasionados.

La vía legal para recuperar la vivienda

Aunque el impago del alquiler es una situación frustrante para los propietarios, la ley establece un procedimiento específico para resolver este tipo de conflictos. La vía adecuada es interponer una demanda de desahucio por impago de rentas.

Este proceso tiene varias etapas:

  • Requerimiento de pago: El propietario debe enviar un aviso formal al inquilino reclamando el pago de las rentas adeudadas.
  • Interposición de la demanda: Si el inquilino no paga, el propietario puede presentar una demanda ante el juzgado correspondiente.
  • Juicio de desahucio: El juez evaluará el caso y, en su caso, ordenará el desalojo del inmueble.
  • Ejecución de la sentencia: Si el inquilino se niega a abandonar la vivienda, el juzgado autorizará el lanzamiento, que será llevado a cabo por agentes judiciales.

Aunque este procedimiento puede ser largo, es la única vía legal para recuperar la posesión del inmueble sin incurrir en sanciones legales.

Alternativas al desahucio judicial

En algunos casos, es posible evitar el proceso judicial si ambas partes llegan a un acuerdo. Por ejemplo:

  • Negociar un plan de pago: El propietario puede ofrecer al inquilino la posibilidad de fraccionar la deuda.
  • Rescindir el contrato de mutuo acuerdo: Ambas partes pueden acordar la finalización anticipada del contrato, facilitando al inquilino la salida de la vivienda.

Sin embargo, si no es posible alcanzar un entendimiento, la recomendación es recurrir siempre al procedimiento judicial para evitar problemas legales.

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