
Cuando una persona fallece, todos los bienes que poseía pasan a conformar su herencia que será repartida entre sus herederos. En este sentido, el testamento adquiere una gran relevancia. En él, el causante detalla quiénes recibirán su patrimonio tras su fallecimiento. Así, se garantiza que se respeten sus últimas voluntades y que no se creen conflictos entre los herederos.
Sin embargo, gestionar una herencia no siempre transcurre de manera armoniosa y aunque el fallecimiento de un familiar suele ser un momento de unión, el papeleo que origina y los trámites asociados, también pueden suponer momentos de tensión e incluso disputas.
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Una de las más comunes es la que se produce cuando uno de los coherederos entra a vivir en un inmueble común de la herencia, sin contrato de arrendamiento ni consentimiento del resto. Y es que, uno de los problemas de las viviendas como herencia es que son indivisibles, es decir, no pueden dividirse físicamente entre los coherederos, por lo que, hasta que se realice el reparto de la herencia, todos ellos comparten la copropiedad de una porción abstracta del inmueble. Entonces, ¿Qué se puede hacer si uno de los herederos ocupa la vivienda sin permiso?
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Qué ocurre si un heredero ocupa un inmueble sin consentimiento
Desde el bufete Gonzalo López Abogados explican que el Tribunal Supremo, en su sentencia del 21 de diciembre de 2020, deja claro que “La posesión exclusiva y excluyente de un coheredero no es admisible”, es decir, que ningún heredero tiene derecho a usar en exclusiva los bienes de la herencia. Por lo que, “si algún heredero hace uso exclusivo de algún bien, al no tener título que ampare su posesión, se coloca como precarista siendo viable la acción ejercitada”.
En este contexto, la abogada de familia Chabela Méndez añade que en estos casos, los demás herederos podrán reclamar su uso ante los Tribunales. Pero será fundamental hacerlo de manera formal y lo antes posible, ya que la inacción puede impedir reclamar compensaciones por el uso del inmueble en el futuro.
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Es importante saber que cualquier coheredero puede iniciar una acción judicial de desahucio por precario contra quien ocupa el inmueble, ya que se considera que el uso exclusivo de la vivienda sin reparto previo equivale a una ocupación precaria (Uso de una vivienda ajena sin autorización ni justificación legal). De igual manera, si, una vez realizada la partición, varios herederos quedan como copropietarios y uno utiliza el inmueble de forma exclusiva, también se puede recurrir a un procedimiento judicial (es decir, que no solo se puede reclamar cuando todavía no se ha dividido la herencia. Sino que también se puede hacer después).
Además, según el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España, “Si la ocupación por el precarista causa perjuicio al resto de los copropietarios o comuneros por la falta de disposición del inmueble o de la posibilidad de alquilarlo, se le podrá reclamar la cantidad que proceda en concepto de daños y perjuicios por su ilegítima ocupación”. Es decir, si uno de los herederos usa una propiedad sin permiso y eso afecta a los demás porque no pueden usarla o alquilarla, los otros pueden reclamarle dinero como compensación por el daño causado. La cantidad a reclamar puede basarse en lo que se habría ganado si la propiedad se hubiera alquilado. Aunque para ello, será necesario previo requerimiento de desalojo con eficacia coactiva.
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