
251.734 euros por talar un solo árbol. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 19 de Madrid ha desestimado el recurso presentado por la promotora Lezo Gestión Inmobiliaria contra la cuantiosa multa que le ha puesto el Ayuntamiento madrileño de Pozuelo de Alarcón (controlado por el PP) por derribar un cedro que impedía la construcción de dos chalés.
Lezo quería impugnar el expediente sancionador (que consiste en una multa de 238.000 euros y una indemnización de 13.734 euros por daños y perjuicios) que Pozuelo tramitó contra esta empresa por incumplir la ‘Ley 8/2005 de 26 de diciembre de protección y fomento del arbolado de la Comunidad de Madrid’. Concretamente, el artículo 11.2.1 a), que califica como infracción muy grave “la tala, derribo o eliminación de los árboles urbanos protegidos por esta Ley sin la autorización preceptiva”.
Esta historia es muy sencilla. En 2021, la cooperativa Residencial Santiago Maganto se constituyó para construir 14 chalés de alto ‘standing’ en una parcela de 3.546 metros cuadrados situada en la calle Santiago Maganto, en pleno centro de Pozuelo. Los cooperativistas contrataron para la gestión del proyecto a Lezo Gestión Inmobiliaria. Pero el cedro en cuestión impedía la edificación de dos de los 14 chalés proyectados. La web de Lezo anuncia actualmente la promoción, formada por viviendas de cinco y seis dormitorios. Todos los chalés incluyen dos plazas de garaje subterráneas con acceso privado. Los precios por inmueble rondan el millón de euros.

La promotora propuso al Ayuntamiento trasladar el árbol a otro lugar, alegando que “se encontraba sobre un sustrato débil de cascotes, con escasas raíces”. Y es que este ejemplar, al no poder ser talado, reducía el tamaño de la promoción (de 14 a 12 viviendas) y, por tanto, los beneficios. Pero el Ayuntamiento se opuso, argumentando por su parte que el cedro estaba en perfectas condiciones y protegido por la ley. Pero el 29 de enero de 2022, el árbol desapareció. Lezo argumentó que fue un derribo fortuito provocado posiblemente por condiciones meteorológicas adversas, seguramente por rachas de viento.
No lo derribó el viento
Pero el Ayuntamiento nunca se creyó esta versión. Según señala la sentencia judicial, a la que ha tenido acceso Infobae España, “el árbol en cuestión contaba con un adecuado estado de salud fitosanitaria, con buen porte”. La inspectora municipal que visitó la finca “niega rotundamente la posibilidad de derribo por causas meteorológicas”, porque ese día no hubo viento. Y por tanto, el árbol no se pudo caer.
El Consistorio también apreció rodaduras de maquinaria junto al ejemplar, un “indicio de la intencionalidad del derribo”. Una vecina que vive justo enfrente ha explicado a este diario que ella oyó por la noche el ruido de maquinaria y que creyó ver cómo tiraban el cedro. “Del conjunto de pruebas testificales constan indicios suficientes, relevantes, de que la noche previa al derribo vieron entrar maquinaria en la parcela y que al día siguiente esa maquinaria retiró el árbol”, señala la sentencia.

El juez critica incluso que la promotora aportara como prueba el testimonio del hermano del director técnico de la obra, que defendió el derribo accidental del cedro, negando incluso “la existencia de ruedas de neumáticos que objetivamente sí aparecen en las fotografías”. Neumáticos de la maquinaria. “Su declaración no aporta mayor luz”, asegura el juez. “Todas las circunstancias derivan en el derribo intencional del árbol, descartando la caída fortuita”, concluye la sentencia, que también señala que constan los intentos de eliminación del cedro, troceando el tronco y retirando las evidencias.
En definitiva, el juzgado avala la multa impuesta por el Ayuntamiento de Pozuelo, un procedimiento sancionador iniciado por el anterior equipo de Gobierno (no por el que está ahora), cuando la alcaldesa era Susana Pérez, hoy diputada en la Asamblea. Los abogados de Lezo, que siempre han considerado desproporcionada la multa, han recurrido la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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