
La Constitución de 1978 es uno de los pilares básicos de la democracia en España. Aprobada en referéndum el 6 de diciembre de ese año, se erige como un pacto histórico que garantiza derechos fundamentales, define la estructura territorial del Estado y establece la división de poderes. Su redacción buscó equilibrar los intereses de diversas ideologías, consolidando la transición hacia un sistema pluralista y democrático.
El texto trató de garantizar la estabilidad de la nación. Por ello, cualquier mejora requiere de un consenso mayoritario en el parlamento. Así pues, en sus 45 años de historia, la carta magna española solo ha sido modificada en tres ocasiones.
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Reforma de 1992: Derecho de sufragio pasivo para extranjeros
La primera reforma constitucional se llevó a cabo en 1992 para adaptarse al Tratado de Maastricht, que establecía las bases de la Unión Europea. La modificación afectó al artículo 13.2 de la Constitución, permitiendo que los ciudadanos de la Unión Europea residentes en España pudieran ser elegidos en elecciones municipales.
Antes de esta reforma, la Constitución solo reconocía el sufragio activo, es decir, el derecho a votar, pero no el sufragio pasivo, que permite ser candidato en unas elecciones. Este cambio fue necesario para garantizar la igualdad de derechos dentro de la UE y cumplir con las exigencias del tratado.
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Reforma de 2011: Estabilidad presupuestaria
La segunda modificación ocurrió en 2011, en un contexto marcado por la crisis económica. Este cambio, impulsado por el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, introdujo en el artículo 135 el principio de estabilidad presupuestaria.
El objetivo era garantizar la sostenibilidad financiera de las administraciones públicas y limitar el déficit estructural. La reforma, aprobada con carácter urgente, estableció que la deuda pública no podría superar los límites fijados por la Unión Europea, reforzando el compromiso de España con la disciplina fiscal.
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Este cambio generó un intenso debate político y social, ya que muchos consideraron que priorizaba los intereses financieros sobre las políticas sociales. Sin embargo, el Parlamento aprobó la medida sin necesidad de un referéndum, al tratarse de un acuerdo entre los dos principales partidos políticos.
Reforma de 2024: de “disminuido” a “personas con discapacidad”
El 17 de febrero de 2024, la reforma del artículo 49 de la Constitución Española fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), entrando en vigor de inmediato. Esta modificación marca un hito en la evolución de los derechos de las personas con discapacidad en España, sustituyendo el término “disminuido” por “personas con discapacidad”, y dividiendo el precepto en dos apartados. El cambio busca actualizar y mejorar la protección de este colectivo, garantizando la igualdad y la inclusión social.
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La redacción del artículo 49 de la Constitución quedó de la siguiente manera:
- Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.
- Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.
La reforma fue aprobada el 15 de febrero de 2024, con la publicación oficial en el BOE dos días después, y fue recibida como un avance importante hacia la igualdad de derechos de las personas con discapacidad en España
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