
En España, las pensiones públicas están sujetas a un límite máximo de percepción. En este año 2024, esa prestación máxima se ha fijado en 3.175,04 euros mensuales para aquellos beneficiarios que reciben 14 pagas al año. Este límite, según especifican desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se aplica a la suma de todas las pensiones públicas que un beneficiario pueda recibir, con algunas excepciones específicas.
Las únicas pensiones que no están sujetas a este tope son aquellas derivadas de actos de terrorismo y la prestación complementaria por Gran Invalidez, que otorga el 50% adicional sobre la pensión base. Esta última es proporcionada tanto por el mutualismo administrativo, que incluye a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), y al Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), como por la Seguridad Social.
¿Puedo cobrar más de 3.175 euros de pensión de jubilación?
Sin embargo, además de estas pensiones, también existe el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, que ha permitido que algunos jubilados superen el límite máximo de la pensión contributiva de jubilación. Según Tododista, este complemente está destinado a aquellos que han experimentado un perjuicio en su carrera de cotización tras el nacimiento de uno o varios hijos, afectando principalmente a las mujeres, aunque también está disponible para hombres que cumplas con los requisitos.
El Gobierno de España estableció que la pensión máxima anual no puede exceder los 44.450,56 euros, independientemente de si se distribuye en 12 o 14 pagas. Sin embargo, aquellos que reciben el complemento por brecha de género pueden ver incrementada su pensión mensual más allá del límite establecido. Este complemento asciende a 33,20 euros al mes por cada hijo, con un máximo de cuatro hijos.
En junio de 2024, los datos de la Seguridad Social revelaron que 773.783 pensiones incluían este complemento, de las cuales el 90% correspondían a mujeres. El importe medio mensual del complemento era de 71 euros. Además, el 24% de los beneficiarios tenía un hijo, el 47% dos hijos, el 18,9% tres hijos y el 10,1% cuatro hijos.
Este complemento no solo se aplica a las pensiones de jubilación, sino también a las de viudedad e incapacidad permanente. La normativa de la Seguridad Social permite que los jubilados que ya reciben la pensión máxima puedan beneficiarse de este complemento si cumplen con los criterios establecidos.
¿Qué es una pensión pública?
El marco legal que regula estas disposiciones se encuentra en el artículo 42 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, que define qué se considera una pensión pública. Entre ellas se incluyen las abonadas por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social, así como las pensiones asistenciales para españoles de origen retornados y las abonadas por mutualidades financiadas con recursos públicos.
Por otro lado, no se consideran pensiones públicas aquellas abonadas a través de planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivo, incluso si son promovidos por administraciones o entidades públicas, según el texto de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.
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