
El reconocimiento como profesión de riesgo de los policías nacionales, que pasaría por un cambio en sus condiciones de jubilación, parece estancado en el Ministerio del Interior, que se comprometió a afrontarlo. Ante los retrasos en los trabajos, un grupo de policías ha abierto una nueva vía en el Congreso de los Diputados a través de un escrito dirigido a la Comisión de Peticiones de la cámara baja.
La petición del sindicato Equiparación YA (EYA), a la que ha tenido acceso Infobae España, propone que se les aplique a los policías nacionales que cotizan al régimen de clases pasivas las condiciones de jubilación del que gozan los ujieres y otros funcionarios del Congreso. Exponen que estos funcionarios disfrutan de un “complemento en sus pensiones” que les permite alcanzar “el haber regulador del grupo inmediato superior” en la Administración, que sería el A1 en el caso de los agentes. “Este marco normativo”, subrayan, “sienta un precedente que debe extenderse a los policías nacionales”.
Los miembros de la Policía Nacional que cotizan al régimen de clases pasivas -otros lo hacen por el régimen de la Seguridad Social- perciben pensiones calculadas según el haber regulador del Grupo C1, aplicable a la Escala Básica del Cuerpo, y del Grupo A2, aplicable a la Escala de Subinspección.
Desde EYA denuncian que “este sistema de cotización es altamente discriminatorio” con los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, “cuyo salario global se basa en complementos que no se contemplan en el haber regulador”.
700 euros menos que los Mossos
Este régimen provoca a policías nacionales y guardias civiles “una pérdida económica en el momento de la jubilación estimada en 700 euros mensuales respecto a los funcionarios de policías autonómicas”, como los Mossos d’Esquadra, “y locales a pesar de la equivalencia de las responsabilidades y el riesgo inherente a sus funciones”.
Lo mismo ocurre con los policías que cotizan al régimen de la Seguridad Social. EYA explica en su escrito dirigido al Congreso que estos funcionarios, “al no tener una cotización adicional sobre su base de cotización por contingencias comunes, como así tienen todos los policías locales y autonómicos, no pueden acceder a la jubilación en igualdad de condiciones”. Así, reclaman la jubilación anticipada a los 59 años “sin que les suponga unas pérdidas económicas significativas con respecto a sus homólogos”.
Además de ante los miembros del resto de cuerpos policiales, estos agentes denuncian que sufren una “desventaja evidente” frente a los funcionarios de las Cortes Generales, entre ellos los ujieres. Exponen que “según el artículo 16 del Estatuto de Personal de las Cortes Generales, los funcionarios cotizantes al régimen de clases pasivas pueden percibir el haber regulador del grupo inmediato superior, sin haber cotizado en dicho grupo”.
Y concluyen: “Estos precedentes demuestran que es viable jurídicamente implementar medidas complementarias para mejorar las pensiones de jubilación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”. Todo para reclamar que se “reconozca el haber regulador del Grupo A1 para el cálculo de las pensiones de jubilación”
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