
“Por medio de la presente, le comunicamos que la dirección de la compañía ha decidido proceder a su despido disciplinario con efectos del día de hoy, con motivos de la comisión por su parte de hechos constitutivos de unas infracciones laborales de carácter muy grave”. Este es el inicio de la carta que un día recibió una empleada de Carrefour. La empresa le comunicaba la terminación de su contrato por este motivo: “En concreto, usted, como auxiliar de pescadería, debe proceder al correcto y fiel pesaje y etiquetado de los productos que se pretenden adquirir por parte de nuestros clientes conforme a las instrucciones y procedimientos vigentes, todo ello con el fin de que el precio que se cobra a nuestros clientes es el que corresponde al producto realmente adquirido. Incumplir estas obligaciones supone una conducta fraudulenta”.
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En definitiva, el supermercado acusaba a su trabajadora de haber cobrado de menos a varios clientes de la pescadería, poniendo en la báscula menor cantidad de la que realmente se llevaban. La carta de despido da varios ejemplos: “Una clienta habitual del hipermercado acudió a la sección de pescadería y comenzó a ser atendida por usted. En primer término, usted cortó unos filetes de caella, introduciendo solo unos pocos de los que había cortado en la bolsa, para proceder a pesarlos y generarse a continuación el correspondiente ticket. Posteriormente, introdujo el resto de filetes de caella que había cortado en la misma bolsa de pesaje, pero sin pesarlo de nuevo y sin generar por tanto el ticket correspondiente a ese mayor peso de producto”.
Según señala el supermercado, esta era una conducta habitual, de la que ofrece a continuación más ejemplos: “El mismo día [del incidente anterior], el vigilante de seguridad advirtió que, mientras atendía a otra clienta, la actora cogía un tique que salía de la báscula y lo tiraba a la basura. Realizada comprobación del pedido de pescadería, se constató que los tiques no eran correctos. En ambos se había marcado caella y sardinas gordas, pero en uno de ellos realmente el producto era pez espada, con un precio superior”. Por todos estos comportamientos, la empresa justificó un despido disciplinario, es decir, sin derecho a indemnización.
Exceso de jornada
Pese a ello, la empleada denunció a Carrefour ante los tribunales, argumentando que el despido debía ser considerado improcedente, pero también afirmando que la empresa le debía dinero por horas no pagadas. Ganó el juicio a medias: los jueces confirmaron en despido disciplinario, pero añadieron que la compañía debía pagar a la empleada más de 4.000 euros por “exceso de jornada”.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares señala que “lo reclamado no es una compensación por horas extras realizadas de forma puntual u ocasional, sino un exceso de jornada habitual que se generaba cada semana, por lo que, además, tenía incidencia en el salario regulador de la indemnización por despido”. Por ello, el juzgado condenó a Carrefour a pagar 4.298,86 euros brutos en concepto de exceso de jornada a la ex trabajadora.
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