
Íñigo Errejón es, como cualquier ciudadano denunciado o investigado por la justicia, inocente hasta que una sentencia judicial diga lo contrario. Sin embargo, la primera denuncia por presuntos delitos sexuales que ha presentado la actriz Elisa Mouliaá contra el ya exdiputado pone el punto de partida al recorrido en los tribunales por el que transitará Errejón, que podría ser condenado a penas de entre uno y cuatro años de prisión, según las fuentes jurídicas consultadas por Infobae España.
El titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, Adolfo Carretero, tiene desde este viernes en su mesa la denuncia interpuesta por Moulinaá ante los agentes de la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de la Policía Nacional. Tras decidir si la admite a trámite -se espera que se pronuncie en este sentido-, lo primero que hará el magistrado será pedir al Congreso de los Diputados una certificación de la renuncia de Errejón al acta de diputado.
La pérdida de ese cargo público deja al ex portavoz parlamentario de Sumar sin la condición de aforado ante la justicia, por lo que el juzgado sobre el que ha recaído la denuncia tendrá la potestad para investigarle. Aunque Errejón no cuenta ya con esa protección jurídica, su renuncia sí le permite recurrir, en caso de una futura sentencia condenatoria, a instancias superiores como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y el Tribunal Supremo.
Cuando tenga la certeza de que el denunciado ya no es diputado, el juez Carretero dirigirá la instrucción para recabar los posibles indicios contra él. Mientras los agentes de la UFAM recaban testimonios y otras pruebas para comprobar la veracidad de la denuncia de Elisa Moulinaá, el instructor podrá incorporar a la causa nuevas denuncias contra Errejón por hechos similares que otras víctimas puedan ir presentando. Cabe esperar que surjan estas acusaciones después de que la periodista Cristina Fallarás haya afirmado que existen “casi una docena” de testimonios similares al de Mouliaá.
En el momento en el que el juez obtenga indicios suficientes sobre los posibles comportamientos delictivos de Errejón, podrá citarle a declarar en calidad de investigado para que pueda ejercer su derecho de defensa. En cualquier caso, las fuentes consultadas por este medio descartan que la Policía proceda a una detención del exdiputado.
Beneficiado por la ley del ‘sólo sí es sí'
La denuncia interpuesta por Elisa Moulinaá describe hasta tres actos de presunta violencia sexual cometidos por Íñigo Errejón. En cualquier caso, dado que ocurrieron en una misma noche de finales de septiembre de 2021, los hechos podrían ser tipificados como un delito de agresión sexual continuado. A falta de conocer si surgen nuevas denuncias contra el ex portavoz parlamentario, el exdiputado se podría enfrentar a una pena de entre uno y cuatro años de prisión.
Esta horquilla surge a raíz de la entrada en vigor de la ley del sólo sí es sí, que estableció que “será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento”. Sería esta versión más favorable la que se aplicaría a Errejón, al ser la más beneficiosa para el reo, aunque con posterioridad se subiera la pena superior de la horquilla hasta los cinco años. Antes de la entrada en vigor de la ley del sólo sí es sí, estos hechos estaban también castigados con penas de hasta cinco años.
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