
Una pareja de Lerín (Navarra) deberá indemnizar con 9.500 euros a sus vecinos, otra pareja, por delitos de acoso, amenazas y discriminación. Así lo ha dictado el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Estella/Lizarra después de que los acusados, Emilio y Ariadna, residentes en la localidad, hostigaran a Vladimir y Rosario con continuas amenazas e insultos racistas.
Los hechos ocurrieron a partir de octubre de 2021, cuando los acusados, motivados por el origen marroquí de Vladimir y su matrimonio con Rosario, nacida en el País Vasco, comenzaron a hostigarles de manera reiterada con insultos racistas y amenazas. Entre las expresiones proferidas por la pareja se encontraban frases como “vete a tu país, puto moro”, “te voy a pegar un tiro”, “has venido a invadirnos”, y otras despectivas dirigidas tanto a Vladímir como a Rosario, a quien también llegaron a calificar de “etarra” y “asesina”.
Según los hechos probados en la sentencia, el acoso fue constante, Los acusados llegaron a instalar una cámara en un poste de luz para vigilar a sus vecinos y controlar sus movimientos. Cuando el matrimonio salía a la calle o recibían visitas, los acosados llegaron incluso a salir también de su vivienda y comenzaban a gritarles e humillarles con expresiones racistas y discriminatorias. Además, la pareja realizaba actos destinados a incomodarles, como aparcar deliberadamente frente a su casa cuando había espacio libre en el resto de la calle, provocar a sus perros para que ladraran y dejar comida en las inmediaciones para atraer a gatos callejeros.
El hostigamiento afectó gravemente la vida cotidiana de las víctimas. La sentencia recoge, que Rosario, por ejemplo, evitaba salir de casa sola por miedo a los enfrentamientos, mientras que Vladimir tuvo que abandonar su trabajo debido a la preocupación y ansiedad que estos episodios generaban en su esposa. En una ocasión, Emilio lanzó piedras a la casa de Vladimir, mientras que en otra oportunidad, amenazó con dispararle.
Deberán indemnizar a Vladimir con 2.000 euros y a Rosario con 7.500
Durante el juicio, el Ministerio Fiscal, la defensa y la acusación particular llegaron a un acuerdo que permitió calificar los hechos como un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas, dos delitos de acoso y dos delitos leves continuados de amenazas. Se acordó que Emilio y Ariadna fueran condenados a penas de prisión de cuatro meses por el delito contra los derechos fundamentales, así como a multas diarias de 5 euros durante el mismo periodo. No obstante, la pena de prisión fue sustituida por localización permanente y prohibición de acercarse a menos de 50 metros de las víctimas durante dos años y seis meses.
Además, se impuso a los acusados la obligación de indemnizar de manera conjunta a Vladimir con 2.000 euros y a Rosario con 7.500 euros por el daño moral causado. Los acusados ya habían consignado 6.000 euros para cubrir parte de la indemnización, y se les concedió un plan de pago a plazos para abonar los 3.500 euros restantes.
La sentencia, que ha quedado firme tras la conformidad de las partes, también incluye la prohibición de comunicación entre los acusados y las víctimas durante el mismo periodo. Se aplicó una atenuante de reparación del daño, y se concedió la suspensión de la pena privativa de libertad, condicionada al pago de la indemnización y a la no comisión de nuevos delitos en los próximos tres años.
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