
España sigue registrando cifras récord en el número de empleados. A pesar de que el pasado mes de julio se perdieron casi 9.800 ocupados con respecto al mes anterior -debido a la caída de empleo en sectores como la agricultura o de la educación-, el número de afiliados al Sistema de la Seguridad Social fue de 21.383.106, lo que supone la segunda mayor cifra de la serie histórica solo por detrás de junio de 2024.
Sin embargo, este aumento en la cantidad de empleo no parece reflejarse en la estabilidad laboral de los trabajadores. Durante la primera mitad del año, la Seguridad Social registró 1,38 millones de bajas voluntarias por dimisión, lo que equivale a más de 7.600 renuncias diarias y representa un incremento del 2,7% en comparación con el mismo periodo de 2023, cuando finalizó con un récord de 2,8 millones de renuncias, según datos recogidos por la empresa Lefebvre.
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Se puede hacer por WhatsApp y no supone indemnización
Las dimisiones, como explica la compañía, suponen la voluntad de un trabajador a renunciar a su puesto de trabajo, finalizando la relación laboral entre él y la empresa. Se trata de un derecho y está recogido en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.
Hacerlo requiere seguir las normas estipuladas en el convenio colectivo del trabajador, generalmente con un plazo de preaviso de 15 días naturales, y basta con una confirmación verbal o por escrito, incluyéndose la posibilidad de hacerlo por WhatsApp o SMS. Además, no se necesita tener una causa que lo justifique y se puede realizar siempre -tanto en trabajos indefinidos como temporales- y sin ninguna sanción, excepto si el trabajador firmó un pacto de permanencia en la compañía, en cuyo caso deberá pagar una indemnización pactada previamente en el contrato.
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También es importante saber que al dejar la empresa de esta manera, al trabajador no le corresponde indemnización, y no se tiene derecho a la prestación por desempleo, ya que esta está destinada a quienes pierden su empleo de forma involuntaria.
¿La ‘Gran dimisión’ o la “Gran rotación’?
El Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Sevilla, Miguel Rodríguez-Piñero Royo, explica en su estudio “La gran dimisión. Perspectivas jurídicas” que esta ”Gran Dimisión” es un fenómeno surgido en Estados Unidos a raíz de la pandemia por Covid, por la que numerosos trabajadores tuvieron que abandonar sus empleos, dejando a los empleadores al frente de dificultades para las que no se habían visto preparados.
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En España, este evento no fue tan drástico, por lo menos durante la crisis del coronavirus. El experto lo atribuye al hecho de que “Traumatizados como estamos por el paro, temerosos de perder nuestros empleos, la decisión de dejar de trabajar para dedicarnos a otras cosas no está en nuestro esquema mental”. Por ello, en la mayoría de las ocasiones, cuando los españoles dejan sus empleos, es porque ya han encontrado otro que lo sustituya.
Esto introduce un nuevo concepto: la “Gran Rotación”, un fenómeno que sí explica el aumento de las transacciones laborales con respecto a antes de la pandemia, especialmente en algunos sectores, lo que pone, además, el foco en los trabajos y no en las personas. Y es que, los sectores con más renuncias son aquellos que ofrecen salarios bajos y malas condiciones laborales.
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“Cuando un médico o enfermero, profesional cualificado, emigra a otro país no es porque no tenga oportunidades profesionales aquí, es que no le convencen las que hay. Cuando un profesor decide adelantar la edad de su jubilación, no es un miembro de la Generación X que no valora su profesión, es un baby boomer que está harto de la suya. Cuando un profesional de consultoría busca otra empresa similar porque no se le ha dado el ascenso que esperaba o reconocido el bonus que creía merecer, es que no está dispuesto a admitir decisiones que considera injustas”, afirma el catedrático.

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