
Los Técnicos en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE) tienen muchas funciones, pero hacer las camas de los facultativos no es una de ellas. Así lo ha sentenciado el Juzgado de lo Social número 9 de Sevilla, tras la denuncia de los profesionales del Hospital Fremap Sevilla por una vulneración del convenio colectivo.
Los trabajadores denunciaron que estaban siendo “obligados” a realizar estas tareas por instrucciones de la dirección del hospital, que incluso llegaban a ser emitidas por escrito. Según recoge el medio Diario de Sevilla, estas órdenes les pedían “acondicionar la habitación de médicos, anestesistas y traumatólogos para su pernocta” durante las guardias, “haciendo las camas y depositando las toallas”. El fallo, sobre el que todavía cabe recurso, establece que “acondicionar la habitación de médicos y anestesistas y traumatólogos para su pernocta no es una función propia de la categoría profesional” de los auxiliares de enfermería.
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La jueza ha respondido así a la demanda de los auxiliares del hospital y la Unión General de Trabajadores (UGT). Se trata de una problemática exclusiva del hospital de Sevilla, gestionado por la Mutua FREMAP. Los demandantes aseguran que la gerencia del centro hizo “oídos sordos” a las quejas formuladas por los afectados y sus representantes legales. El comité de empresa, a su vez, afirma que intentó llevar la cuestión a través del Sistema Extrajudicial de Conflictos Laborales, pero este se posicionó a favor del centro, “ofreciendo el correspondiente asesoramiento jurídico y asumiendo Fremap Mutua Colaboradora con la Seguridad Social la defensa de la parte demandada”.
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La negativa de las alternativas extrajudiciales llevó a los afectados a presentar el asunto ante los tribunales, que ahora han fallado a su favor. La sentencia, emitida el 26 de junio, afirma que los auxiliares no deben encargarse de tareas como hacer las camas de los facultativos, ratificando las pruebas y testimonios presentados durante el proceso judicial. Según dicta el texto judicial, en base al Real Decreto 496/1995 de 7 de abril, “los auxiliares de clínica no tienen entre sus funciones la que se estaba realizando de acondicionamiento de una habitación no destinada a pacientes”.
La Unión General de Trabajadores ha celebrado la decisión judicial, que establece un precedente para la defensa de los derechos laborales de los TCAE en el ámbito hospitalario.
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