
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha condenado al Gobierno de esa región a indemnizar con 175.000 euros a una paciente por tardar dos años en realizarle una cirugía de espalda, lo que le provocó graves secuelas de movilidad.
M.F.G., de 40 años, comenzó a tener problemas de salud en 2014 a consecuencia de una hernia discal y ya entonces los dolores de espalda se le extendían a las piernas, por lo que acudió a su centro de salud en Zaragoza. Dos años después, en 2016, le realizaron una resonancia en el Hospital Clínico Lozano Blesa de Zaragoza y le diagnosticaron una hernia discal lumbar L5-S1, por lo que era necesario operarla. Sin embargo, esa intervención quirúrgica no llegó hasta dos años después, en 2018.
Durante esos dos años, la paciente acudió múltiples veces tanto a su centro de salud como al mencionado hospital debido al agravamiento de los síntomas “sin que se hiciera prueba alguna para conocer la evolución de la patología, ya que únicamente le daban medicación para el dolor”, tal y como denuncia la Asociación El Defensor al Paciente, que ha llevado el caso de esta paciente.
El estado de salud de la mujer se complicó tanto que llegó a precisar muletas para caminar y, cuando le hicieron esa nueva resonancia, los médicos se dieron cuenta de la gravedad de la situación y decidieron operarla inmediatamente. Sin embargo, debido al agravamiento sufrido en esos dos años y pese a la operación, “la paciente quedó con falta de sensibilidad de cintura para abajo y precisa muletas o incluso silla de ruedas para desplazarse”.
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“Se podría haber evitado”
“Todo esto se habría podido evitar si le hubieran repetido la resonancia y le hubieran operado en el plazo de esos dos años de espera, en el que iba paulatinamente agravando su situación sin que se hiciera nada”, indica el abogado Ricardo Agóiz, del Defensor al Paciente, que primero presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Servicio de Sanidad del Gobierno de Aragón y se desestimó el caso, pese a que la propia inspección médica del Ejecutivo autonómico estableció que la reclamante tenía razón en sus pretensiones. Por ello, la asociación decidió iniciar un proceso judicial contencioso-administrativo que finalmente ha culminado con la sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en la que se estima la pretensión de la demandante al considerar que “sufrió una pérdida de oportunidad en el tratamiento médico”, con una indemnización de 175.000 euros a cargo de la aseguradora del Ejecutivo.
“Es razonable pensar que, si la recurrente tenía durante esos dos años esos sufrimientos y la agravación de las secuelas, el seguimiento de la enfermedad no fue adecuado”, indica la sentencia.
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