
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado este martes una sentencia de divorcio de un matrimonio de Vigo, en la que se decretó el pago de una pensión para el mantenimiento de la mascota familiar. El animal quedaría por tanto al cuidado de la mujer, mientras que los gastos extraordinarios y el veterinario se dividiría entre ambos. Además, el marido deberá pagar una pensión mensual de cuarenta euros.
El Juzgado de Primera Instancia número 15 de Vigo dictó sentencia el pasado mes de febrero de 2023, fecha en la que se declaró disuelto el matrimonio de Pablo y Sagrario. Las relaciones familiares quedaron establecidas como custodia compartida para sus dos hijos, Bernardo y Camilo, nacidos en 2021.
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Ambos padres han dividido el cuidado de sus niños de forma semanal, así como las vacaciones a lo largo del año, especialmente los periodos de Navidades y Semana Santa. Al padre, además, le corresponde el pago de una pensión de 150 euros a favor de sus hijos.
Pensión alimenticia para el perro
Asimismo, el tribunal atendió al cuidado del perro en su fallo. La mascota ha quedado, tras los juicios, al cuidado de Sagrario, sin establecerse ninguna custodia compartida en el caso del animal. Sí se ha fijado desde el juzgado de Vigo el pago de una pensión mensual destinada al perro.
El exmarido deberá abonar a su exmujer cuarenta euros mensuales, a pagar en los primeros cinco días de cada mes, y actualizables anualmente conforme al IPC. Además, tanto Pablo como Sagrario correrán de forma compartida con los gastos ocasionados por el perro, tanto de visitas al veterinario como otros costes extraordinarios que puedan surgir.
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No obstante, Sagrario no quedó conforme con el resultado judicial en primera instancia y recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial de Pontevedra. La mujer defendía que ha sido ella la encargada de la atención de los niños desde su nacimiento, tanto a nivel educativo como sanitario y alimenticio, y juzga a su exmarido de “irresponsable”. Asegura que es ella la que tiene mayor disponibilidad para el cuidado de los hijos, pues trabaja una jornada reducida. La mujer pide una pensión de 800 euros (400 euros por cada hijo) y, además, la atribución del vehículo familiar.
Por su parte, Pablo se opuso al recurso y asegura que cumple su parte como padre de las dos criaturas, sin que su trabajo suponga un inconveniente. También ha intervenido el Ministerio Fiscal, alegando que “la recurrente aporta una visión sesgada parcial de lo probado, no comprende que si juzga a su ex marido “incapaz” de atender a los niños se los ha dejado de martes a jueves con pernocta”.
Finalmente, la Audiencia de Pontevedra ha desestimado el recurso y ha confirmado la sentencia original, sin cambios a favor de la madre. Contra el fallo no cabe recurso.
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