
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha sido tajante a la hora de valorar las enmiendas a la ley de amnistía registradas en solitario por Junts y ERC, más allá de las presentadas por el PSOE y sus socios. Entre las 12 correcciones presentadas este martes por los de Carles Puigdemont y las cuatro por los republicanos hay dos coincidencias. Una de ellas es suprimir la exclusión de los casos de terrorismo de la ley para “blindarla al máximo posible, a la vez que se garantiza la inclusión de todos los casos”. La otra es incluir que no solo sean las cuestiones de inconstitucionalidad las que hagan levantar las medidas cautelares de un procedimiento (como la prisión preventiva o las órdenes de detención), “sino que también lo hagan las cuestiones prejudiciales al TJUE”.
En lo referente a la cuestión sobre los delitos de terrorismo, Bolaños ha sido claro: “Los delitos graves han de estar exceptuados de la amnistía, como ya lo están en la proposición de ley, y ese es un principio en el que estamos muy convencidos”. De esta manera, el Ejecutivo descarta enmendar la norma bajo las nuevas exigencias que plantean los independentistas.
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Por contra, el titular de Justicia ha destacado las enmiendas que apoya el PSOE, esto es, las presentadas con el sello de los socialistas junto a otros socios parlamentarios, incluido ERC. “Las enmiendas pactadas, que son todas técnicas, refuerzan una proposición de ley que ya de por sí es sólida e impecable conforme a la Constitución, y esas son las que apoya el PSOE, firmadas con otros grupos y trabajadas con otros partidos que no firman esas enmiendas. Sobre esa base de esas enmiendas trabajaremos”, ha señalado.
Los partidos independentistas, a través de sus enmiendas, piden suprimir directamente del texto presentado en noviembre el punto que hace referencia a los actos tipificados como “delitos de terrorismo castigados en el Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal, siempre y cuando haya recaído sentencia firme y hayan consistido en la comisión de alguna de las conductas descritas en el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017″.
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Estas correcciones buscan blindar al expresidente catalán Carles Puigdemont y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, en la causa de Tsunami Democràtic, así como a los afectados por la causa que investiga a activistas de los Comités de Defensa de la República (CDR), ambas abiertas en la Audiencia Nacional y relacionadas con delitos de terrorismo.
Las ocho enmiendas presentadas por el PSOE, Sumar, ERC, EH Bildu y BNG piden la exclusión de la amnistía por delitos contra la Comunidad Internacional, la plena delimitación de todos los actos amnistiados a hechos producidos durante el proceso independentista o “el refuerzo de la función jurisdiccional de jueces y magistrados en la aplicación de la amnistía”.
Delitos de torturas o tratos inhumanos
ERC también plantea modificar la parte de las exclusiones en lo relativo a los delitos de torturas o de tratos inhumanos. Es decir, que queden fuera de la aplicación de la ley todos los actos tipificados como tal, sin necesidad de que superen “un umbral mínimo de gravedad”. Para los republicanos, “supeditar la exclusión de estos actos a un umbral de gravedad da un excesivo margen de interpretación a los jueces”. Asimismo, ERC quiere establecer que la Generalitat “pueda devolver las multas de la ley mordaza”, ya que el texto de la ley impide percibir indemnización, así como la restitución de las cantidades abonadas en concepto de multa a las personas amnistiadas.
Los de Carles Puigdemont exigen además ampliar la horquilla temporal de la amnistía (el texto original abarcaba desde el 1 de enero de 2012 al 13 de noviembre de 2023) para que contemple los actos desde el 1 de noviembre de 2011. Asimismo, Junts quiere incluir en la amnistía los actos “realizados por o atribuidos a quienes hubieran prestado asistencia, colaboración, asesoramiento de cualquier tipo, representación, protección o seguridad a los responsables de las conductas” cometidas con intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como las conductas “atribuidas en función de operaciones policiales artificiosas y/o prospectivas orientadas a la criminalización de cargos públicos y/o su entorno, siempre y cuando no hayan conllevado efectivamente un incremento patrimonial de origen ilícito”.
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