
Hace un año entró se aprobó la Ley de Protección a la Sanidad Vegetal, Salud Animal e Inocuidad de los Alimentos no procesados de origen vegetal o animal, una norma que reemplazó la anterior legislación sobre sanidad vegetal y animal y redefinió el marco regulatorio para asegurar la calidad y seguridad de los productos agrícolas y pecuarios en el país.
Según el decreto, la regulación busca garantizar la sanidad de alimentos de origen vegetal y animal, proteger el ambiente y la salud humana a través de mecanismos como diagnóstico, control, vigilancia, certificación, fiscalización y supervisión de actividades vinculadas a la producción, importación, exportación, almacenamiento, procesamiento y comercialización.
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El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) figura como la entidad responsable de la verificación de la inocuidad de estos productos, mientras que la Superintendencia de Regulación Sanitaria (SRS) asume el control de alimentos y bebidas procesadas y semiprocesadas destinados al consumo humano.
La entrada en vigor de la ley amplió las atribuciones del MAG para actuar en el control de plagas cuarentenarias en vegetales y productos derivados, así como en la regulación de equipos y medios de transporte utilizados en la movilización de estos bienes.
El MAG también recibió la capacidad de dictar medidas relacionadas con el bienestar animal en actividades de producción, faenado, transporte, comercialización, investigación, trabajo, recreación y deporte.
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Además, la ley otorgó a esta cartera la responsabilidad de regular el comercio nacional e internacional de flora y fauna silvestre en peligro de extinción cuando exista riesgo para el patrimonio vegetal, acuícola y pecuario nacional.

Cambios introducidos y nuevas obligaciones
Uno de los aspectos más recientes incorporados por la ley es la vigilancia, prevención y control de la resistencia a los antimicrobianos en productos pecuarios, así como la regulación de la introducción y uso de tecnologías nuevas y emergentes en los sectores acuícola y pecuario, con base en criterios científicos y técnicos.
El MAG ahora está facultado para emitir regulaciones para la evaluación de la introducción de productos biotecnológicos dirigidos a la prevención y control de plagas y enfermedades.
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Ahora también puede interceptar alimentos y animales cuando existan sospechas fundadas de riesgos potenciales para la salud humana o animal, así como intervenir en los medios de transporte y equipos relacionados con su movilización.
El combate al fraude alimentario se sumó a las funciones del MAG, con la meta de proteger la salud de los consumidores.
La ley establece un catálogo de sanciones económicas para infracciones clasificadas en leves, graves y muy graves, con multas que oscilan entre cien y treinta mil salarios mínimos diarios del sector comercio según la gravedad de la falta. El texto legal no contempla la regulación zoosanitaria, pero detalla competencias y obligaciones en el ámbito del control animal.
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Vigilancia y mecanismos de control
En cuanto a la detección de plagas y enfermedades, la normativa obliga a propietarios, arrendatarios, encargados u ocupantes a informar de inmediato al MAG sobre la aparición de plagas, infecciones o peligros físicos, biológicos y químicos en vegetales, animales y productos relacionados.

El MAG mantiene la facultad de dictar requisitos fitosanitarios para la importación y movilización de productos vegetales, con el objetivo de prevenir la introducción y dispersión de plagas cuarentenarias y limitar la propagación de plagas no cuarentenarias.
Empresas y ciudadanos que desarrollen actividades vinculadas a la ley deben, con esta ley, permitir el acceso del MAG para inspecciones, toma de muestras y verificación de la existencia de plagas, enfermedades o residuos químicos, además de proporcionar toda la información que requiera la autoridad en temas de sanidad vegetal, salud animal e inocuidad de alimentos.
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A doce meses de su aprobación, la Ley de Protección a la Sanidad Vegetal, Salud Animal e Inocuidad de los Alimentos no procesados de origen vegetal o animal ha redefinido el marco de acción de las autoridades sanitarias y productivas, estableciendo nuevos mecanismos de control y fiscalización sobre los productos agrícolas y pecuarios.
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