Comisión salvadoreña analizará ratificar cambio constitucional para dar cadena perpetua a homicidas, violadores y terroristas

Un grupo de diputados discutirá en reunión prevista para este miércoles los cambios realizados al artículo 27 de la legislación nacional, cuyo texto prohíbe ciertas sanciones y limita la aplicación de condenas perpetuas

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Figuras legislativas se preparan para discutir ajustes legales polémicos en el Parlamento nacional ante un escenario de expectativas e incógnitas (Foto cortesía Asamblea Legislativa)
Figuras legislativas se preparan para discutir ajustes legales polémicos en el Parlamento nacional ante un escenario de expectativas e incógnitas (Foto cortesía Asamblea Legislativa)

La Asamblea Legislativa de El Salvador convocó a la Comisión Política para reunirse este miércoles 17 de marzo a las 14 horas con el objetivo de analizar la ratificación de la reforma constitucional número seis, la cual fue aprobada el martes 16 durante la sesión plenaria 102 y publicada en el Diario Oficial N° 53, Tomo N° 450 en la misma fecha.

En el texto de la reforma, la Asamblea establece que la modificación al artículo 27 de la Constitución prohíbe la prisión por deudas, así como las penas infamantes, proscriptivas y cualquier tipo de tormento, al tiempo que especifica que la pena perpetua únicamente podrá ser aplicada a homicidas, violadores y terroristas. Este cambio cumple con los requisitos del artículo 248 de la Constitución, según lo consignado en el documento oficial.

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El procedimiento para ratificar la reforma requiere la aprobación inicial por los diputados electos y una posterior ratificación (ahora también durante la misma legislatura). Solo los diputados, en número no menor de diez firmas que respalden, pueden presentar modificaciones al texto constitucional.

La propuesta oficial se presenta acompañada por un paquete legislativo que modifica el Código Penal, la Ley Penal Juvenil y la Ley contra Actos de Terrorismo, además de otras normativas. Villatoro detalló que el propósito es “homologar las leyes secundarias con el artículo veintisiete, inciso segundo, de nuestra Constitución”, alineando así la estructura penal del país para reforzar el castigo sobre homicidas, violadores y terroristas. Tal como indicó el ministro ante el Pleno, la “pena perpetua solo se impondrá a los homicidas, violadores y terroristas”, mientras se mantiene la prohibición para otros casos como la prisión por deudas o delitos infames.

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Los grupos parlamentarios abrirán un debate que podría definir límites en la justicia penal y determinar nuevos estándares legales para todo el país (Foto cortesía Asamblea Legislativa)
Los grupos parlamentarios abrirán un debate que podría definir límites en la justicia penal y determinar nuevos estándares legales para todo el país (Foto cortesía Asamblea Legislativa)

La propuesta de cambio legal la sostuvo el gobierno en tanto a que en los últimos veinte años, las maras y grupos criminales habrían sido responsables de unas “120.000 muertes”, tal como expuso el ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro al asistir a la Asamblea Legislativa este martes a dejar la solicitud de reforma.

La Comisión Política está integrada por legisladores de Nuevas Ideas, Ernesto Castro, Alexia Rivas, Christian Guevara, Suecy Callejas, Caleb Navarro y Raúl Chamagua; así como por representantes del Partido Demócrata Cristiano, Partido de Concertación Nacional y Marcela Villatoro de ARENA.

La aprobación de reforma constitucional fue enviada al Diario Oficial este mismo 17 de marzo.
La aprobación de reforma constitucional fue enviada al Diario Oficial este mismo 17 de marzo.

Procesos de reforma

La Sala de lo Constitucional de El Salvador determinó (en resoluciones de años atrás) que la iniciativa de reforma constitucional solo puede provenir de al menos diez diputados electos de la Asamblea Legislativa. Según resoluciones recientes, ningún otro órgano estatal ni los propios diputados individualmente tienen facultad para proponer cambios constitucionales.

Las resoluciones, precisan que el proceso de modificación inicia exclusivamente con la propuesta presentada por ese grupo mínimo de diputados, y destaca que esta iniciativa obliga a la primera conformación subjetiva de la Asamblea Legislativa a considerar la propuesta.

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La presentación de la iniciativa debe detallar claramente el texto constitucional que se busca incorporar, modificar o suprimir. La Sala de lo Constitucional remarcó que esta potestad no es delegable ni transferible a otras autoridades, consolidando el procedimiento restrictivo para tramitar reformas a la Constitución.

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